Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Carrascalejo. (BOP-2024-4203)
BOP-2024-4203 Aprobación definitiva Ordenanza Reguladora del Servicio de Piscina Municipal.
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c) Plan de calidad del agua:
Origen o procedencia del agua.
Descripción de las características técnicas de la filtración, desinfección y entrada
y salida del agua del vaso, con especificación de volumen, velocidad de filtración,
tiempos de renovación.
Descripción de las sustancias o mezclas químicas utilizadas para el tratamiento
del agua, homologación o registro de los productos y ficha de datos de seguridad,
dosificación y frecuencia de utilización de los mismos.
Verificación de la calidad del agua del vaso, con la indicación del tipo de
determinación (in situ o en laboratorio), frecuencia, puntos de muestreo.
Descripción del método control de la temperatura del agua en vasos climatizados.
Descripción del tratamiento de recuperación o invernaje del agua, en su caso.
Plan de calidad del ambiente interior.
Descripción del método de limpieza y desinfección así como del control de la
temperatura, humedad y ventilación, en piscinas cubiertas climatizadas, de
hidroterapia y balnearios urbanos.
Plan de control y gestión de residuos que incluya la descripción de la recogida y
evacuación de los residuos sólidos generados por los/as usuarios/as o por las
operaciones de mantenimiento y limpieza, así como también la gestión de los
residuos originados en el tratamiento del agua del vaso y la eliminación de
envases de sustancias o productos de tratamiento.
Plan de incidencias sanitarias.
Plan del personal: Cualificación profesional y formación continuada.
Sistema de registro. Cada apartado del autocontrol contará con un sistema de
registro, en el que se anoten todas las operaciones, actuaciones, incidencias y
medidas correctoras y resultados analíticos. Este sistema de registro se
conservará por el tiempo necesario y adecuado.
4. El Plan de autocontrol y el Sistema de Registro, estarán siempre a disposición de los
servicios de inspección sanitaria.
TÍTULO V. INFRACCIONES Y SANCIONES.
ARTÍCULO 19. Infracciones y Sanciones.
Las infracciones de este Reglamento podrán ser objeto de las sanciones administrativas que
proceda según lo establecido en del Decreto 102/2012, de 8 de junio, por el que se regulan las
condiciones técnico-sanitarias de las piscinas de uso colectivo de la Comunidad Autónoma de
CVE:
BOP-2024-4203
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 2 de agosto de 2024
N.º 0149
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