Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2024-4062)
BOP-2024-4062 Ampliación plazo de Ejecución y justificación de Obras Encomendadas Plan Activa Obras 2020.
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En virtud de cuanto antecede, en ejercicio de las facultades conferidas por delegación del
Pleno de esta Diputación y de conformidad con la propuesta emitida por la Jefatura del Servicio
General de Planificación con la conformidad del Vicepresidente Tercero de Fomento, Movilidad
y Agenda Provincial, esta Presidencia,
RESUELVE
PRIMERO. Modificar, por las causas excepcionales manifestadas en la presente resolución, el
contenido del apartado 6º de las normas de desarrollo del PLAN ACTIVA OBRAS 2020, de
forma que se ajuste el plazo de ejecución de las obras y justificación del gasto, adicionando un
año más a las fechas de finalización anteriormente acordadas en la resolución de 24 de marzo
de 2022 (publicación del BOP n.º 0064, de 1 de abril de 2022).
En consecuencia, el apartado 6º de las normas de desarrollo del PLAN ACTIVA OBRAS 2020
que ahora se modifica, queda redactado en los siguientes términos:
“6º. PLAZOS DE EJECUCIÓN Y JUSTIFICACIÓN:
Los Ayuntamientos y Entidades Locales Menores deberán tener ejecutadas y justificadas sus
inversiones en los plazos y fechas que se concretan a continuación:
1. El plazo de ejecución de la obra que constituye el objeto de la inversión prevista en el PLAN
ACTIVA OBRAS 2020, comienza el 1 de enero de 2020. La ejecución de la inversión deberá
estar finalizada y recepcionada antes del 31 de octubre de 2025.
No existe posibilidad alguna de prórroga, salvo por circunstancias de fuerza mayor en el
desarrollo de las obras, debidamente documentadas por un/a técnico competente en la
materia.
.....
2. La justificación del gasto deberá tener lugar con anterioridad al 31 de diciembre de 2025, sin
perjuicio del plazo de subsanación que en su caso se conceda y que en tal caso se considerará
como plazo de justificación.
No se prevé la posibilidad de prórroga del plazo de justificación de la subvención, si bien en el
caso de que se autorice la prórroga del plazo de ejecución de la obra, se entenderá
automáticamente prorrogado hasta los dos meses siguientes al fin del plazo de ejecución
prorrogado.
CVE:
BOP-2024-4062
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 26 de julio de 2024
N.º 0144
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