Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2024-4062)
BOP-2024-4062 Ampliación plazo de Ejecución y justificación de Obras Encomendadas Plan Activa Obras 2020.
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Ayuntamientos afectados. Vistas las normas reguladoras del desarrollo y concreción de
requisitos de ejecución y justificación de las actuaciones incluidas en el plan, aprobadas por
resolución presidencial de fecha 26 de abril de 2020, así como la posterior resolución de
aclaración de las mismas, acordada el día 25 de septiembre siguiente.
Considerando que en el punto sexto de las referidas normas reguladoras figuraba inicialmente
como día máximo del plazo de ejecución de las actividades a realizar por los Ayuntamientos
que así lo hubieran solicitado, el 31 de octubre de 2021, y como plazo máximo de justificación,
el día 31 de diciembre de 2021 y que dichos plazos fueron modificados por resoluciones
presidenciales de fechas 3 de junio de 2021 y 24 de marzo de 2022, como consecuencia de la
crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, colaborando así con el mantenimiento de la
actividad económica en un contexto de contracción de la actividad privada debido a la
persistencia de la grave crisis experimentada durante las anualidades de 2020 y 2021 y por las
excepcionales circunstancias sociales y económicas producidas por la pandemia, que
repercutieron de forma directa en la ejecución de determinados contratos del sector público,
quedando establecidos los nuevos plazos de ejecución y justificación de las obras como sigue:
La ejecución de la inversión deberá estar finalizada y recepcionada antes del 31 de
octubre de 2024.
La justificación del gasto deberá tener lugar con anterioridad al 31 de diciembre de
2024.
Teniendo en cuenta que debido a la dificultad de la obtención de suministros, así como a la
subida de los precios de los materiales y a la escasez de mano de obra en oficios propios de la
construcción, los Ayuntamientos de la provincia encuentran en la actualidad graves dificultades
en el cumplimiento de los plazos previstos en las normas reguladoras y dado que dichas
circunstancias no son imputables en ningún caso a los propios Ayuntamientos.
Considerando además que estas circunstancias han provocado un perjuicio significativo en el
desarrollo de la actividad económica y en la iniciativa pública y privada y que han sido
imprevisibles para cualquier Administración diligente.
Considerando igualmente que en el presente caso no existe precepto en contrario que impida
la modificación de los plazos por causas de fuerza mayor, ajenas a esta Diputación Provincial y
a los propios Ayuntamientos afectados. Teniendo en cuenta que el acuerdo plenario de
aprobación del desarrollo del PLAN ACTIVA OBRAS 2020 dispone en su punto quinto la
delegación a favor de la Presidencia de esta Diputación de las facultades para dictar cuantos
actos y resoluciones sean precisos para llevar a cabo el desarrollo del plan.
CVE:
BOP-2024-4062
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 26 de julio de 2024
N.º 0144
Pág. 16862
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Ayuntamientos afectados. Vistas las normas reguladoras del desarrollo y concreción de
requisitos de ejecución y justificación de las actuaciones incluidas en el plan, aprobadas por
resolución presidencial de fecha 26 de abril de 2020, así como la posterior resolución de
aclaración de las mismas, acordada el día 25 de septiembre siguiente.
Considerando que en el punto sexto de las referidas normas reguladoras figuraba inicialmente
como día máximo del plazo de ejecución de las actividades a realizar por los Ayuntamientos
que así lo hubieran solicitado, el 31 de octubre de 2021, y como plazo máximo de justificación,
el día 31 de diciembre de 2021 y que dichos plazos fueron modificados por resoluciones
presidenciales de fechas 3 de junio de 2021 y 24 de marzo de 2022, como consecuencia de la
crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, colaborando así con el mantenimiento de la
actividad económica en un contexto de contracción de la actividad privada debido a la
persistencia de la grave crisis experimentada durante las anualidades de 2020 y 2021 y por las
excepcionales circunstancias sociales y económicas producidas por la pandemia, que
repercutieron de forma directa en la ejecución de determinados contratos del sector público,
quedando establecidos los nuevos plazos de ejecución y justificación de las obras como sigue:
La ejecución de la inversión deberá estar finalizada y recepcionada antes del 31 de
octubre de 2024.
La justificación del gasto deberá tener lugar con anterioridad al 31 de diciembre de
2024.
Teniendo en cuenta que debido a la dificultad de la obtención de suministros, así como a la
subida de los precios de los materiales y a la escasez de mano de obra en oficios propios de la
construcción, los Ayuntamientos de la provincia encuentran en la actualidad graves dificultades
en el cumplimiento de los plazos previstos en las normas reguladoras y dado que dichas
circunstancias no son imputables en ningún caso a los propios Ayuntamientos.
Considerando además que estas circunstancias han provocado un perjuicio significativo en el
desarrollo de la actividad económica y en la iniciativa pública y privada y que han sido
imprevisibles para cualquier Administración diligente.
Considerando igualmente que en el presente caso no existe precepto en contrario que impida
la modificación de los plazos por causas de fuerza mayor, ajenas a esta Diputación Provincial y
a los propios Ayuntamientos afectados. Teniendo en cuenta que el acuerdo plenario de
aprobación del desarrollo del PLAN ACTIVA OBRAS 2020 dispone en su punto quinto la
delegación a favor de la Presidencia de esta Diputación de las facultades para dictar cuantos
actos y resoluciones sean precisos para llevar a cabo el desarrollo del plan.
CVE:
BOP-2024-4062
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 26 de julio de 2024
N.º 0144
Pág. 16862