Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Hoyos. (BOP-2024-3920)
BOP-2024-3920 Aprobación definitiva de la Modificación de la Ordenanza Fiscal Reguladora de la tasa por la prestación del servicio de agua a domicilio.
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artículo 34 del Reglamento de Servicios de las Corporaciones Locales de 17 de junio de 1.955
a fin de garantizar la salubridad ciudadana.
4. Procede igualmente la imposición de esta tasa por tratarse de servicio público que cuenta
con la reserva a favor de las Entidades Locales que establece el artículo 86 de la Ley 7/85, de
2 de abril.
ARTÍCULO 2. Sujetos pasivos.
Son sujetos pasivos de esta tasa, las personas físicas y jurídicas y las Entidades usuarias del
servicio. Serán responsables subsidiarios/as y solidarios/as de las obligaciones establecidas en
esta Ordenanza, los ocupantes de las viviendas o locales, y los/as propietarios/as de los
mismos.
ARTÍCULO 3. Tarifas.
1. Cuantía.
La cuantía de la tasa reguladora de esta Ordenanza será la fijada por la cuota tributaria
semestral para cada una de las tarifas que se recogen en el apartado siguiente.
2. Cuota tributaria.
Para cada una de las tarifas, será la siguiente:
TARIFA GENERAL DOMICILIARIA (Doméstica):
Consumo de 0- 50 m3………...… 0,35 €/m3.
Consumo de 51-100 m3……...… 0,60 €/m3.
Consumo de más de 100 m3..… 0,85 €/m3.
TARIFA INDUSTRIAL:
Todo el consumo a 1 €/ m3.
3. Derechos de enganche y acometida:
- El pago de los presentes derechos se realizará mediante autoliquidación previamente a
ejecución de las obras que permitan la instalación de la acometida y el contador vinculado a la
misma. Los derechos de enganche y acometida se corresponden con las siguientes cuantías:
- Dentro del suelo urbano: 30 €.
CVE:
BOP-2024-3920
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 19 de julio de 2024
N.º 0139
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