Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Arroyo de la Luz. (BOP-2024-3797)
BOP-2024-3797 Bases de la convocatoria que ha de regular el proceso para la constitución de una bolsa de trabajo temporal de Técnico/a para desarrollar el proyecto Agrovoltep (IPT23MU) en Arroyo de la Luz.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial,
para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las
que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado/a o
inhabilitado/a. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado/a o en
situación equivalente ni haber sido sometido/a a sanción disciplinaria o equivalente que
impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
i) Justificante de haber abonado el pago de la tasa por derechos de examen, conforme a
la Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por Derechos de Examen del Ayuntamiento
de Arroyo de la Luz, publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres núm.
0084, de 5 de mayo de 2023. El pago de la tasa deberá realizarse mediante ingreso o
transferencia en la siguiente cuenta bancaria de titularidad municipal:
- CAJA RURAL EXTREMADURA: IBAN ES06 3009 0105 4124 4418 2428.
Las personas aspirantes deberán indicar en el justificante bancario su nombre y apellidos, así
como la denominación del proceso selectivo en el que participan. En ningún caso la
presentación y pago de los derechos de examen supondrá sustitución del trámite de
presentación en tiempo y forma de la solicitud en el registro general del Ayuntamiento de
Arroyo de la Luz. La cantidad a satisfacer para la plaza ofertada, objeto de esta convocatoria
Grupo A, Subgrupo A1, será de treinta euros (35,00 €).
Estará bonificada la cuota de la tasa con una reducción del 50% en los casos previstos, de
conformidad con lo dispuesto en la Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por Derechos de
Examen del Ayuntamiento de Arroyo de la Luz, publicada en el Boletín Oficial de la Provincia
de Cáceres núm. 0084, de 5 de mayo de 2023. La documentación justificativa para tener
derecho a la bonificación del 50% deberá entregarse junto con la solicitud.
El incumplimiento de cualquiera de los requisitos anteriores supondrá la exclusión del proceso
selectivo.
QUINTA. Admisión de aspirantes.
Para ser admitido/a al proceso selectivo bastará con que los/las aspirantes manifiesten en sus
solicitudes que reúnen todos y cada uno de los requisitos exigidos en la Base Tercera,
referidos a la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias. El cumplimiento de
estos requisitos será acreditado mediante la presentación de los documentos correspondientes
en la forma prevista en la Base cuarta.
Terminado el plazo de presentación de instancias, la Alcaldía dictará resolución en el plazo
CVE:
BOP-2024-3797
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 12 de julio de 2024
N.º 0133
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para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las
que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado/a o
inhabilitado/a. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado/a o en
situación equivalente ni haber sido sometido/a a sanción disciplinaria o equivalente que
impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
i) Justificante de haber abonado el pago de la tasa por derechos de examen, conforme a
la Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por Derechos de Examen del Ayuntamiento
de Arroyo de la Luz, publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres núm.
0084, de 5 de mayo de 2023. El pago de la tasa deberá realizarse mediante ingreso o
transferencia en la siguiente cuenta bancaria de titularidad municipal:
- CAJA RURAL EXTREMADURA: IBAN ES06 3009 0105 4124 4418 2428.
Las personas aspirantes deberán indicar en el justificante bancario su nombre y apellidos, así
como la denominación del proceso selectivo en el que participan. En ningún caso la
presentación y pago de los derechos de examen supondrá sustitución del trámite de
presentación en tiempo y forma de la solicitud en el registro general del Ayuntamiento de
Arroyo de la Luz. La cantidad a satisfacer para la plaza ofertada, objeto de esta convocatoria
Grupo A, Subgrupo A1, será de treinta euros (35,00 €).
Estará bonificada la cuota de la tasa con una reducción del 50% en los casos previstos, de
conformidad con lo dispuesto en la Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por Derechos de
Examen del Ayuntamiento de Arroyo de la Luz, publicada en el Boletín Oficial de la Provincia
de Cáceres núm. 0084, de 5 de mayo de 2023. La documentación justificativa para tener
derecho a la bonificación del 50% deberá entregarse junto con la solicitud.
El incumplimiento de cualquiera de los requisitos anteriores supondrá la exclusión del proceso
selectivo.
QUINTA. Admisión de aspirantes.
Para ser admitido/a al proceso selectivo bastará con que los/las aspirantes manifiesten en sus
solicitudes que reúnen todos y cada uno de los requisitos exigidos en la Base Tercera,
referidos a la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias. El cumplimiento de
estos requisitos será acreditado mediante la presentación de los documentos correspondientes
en la forma prevista en la Base cuarta.
Terminado el plazo de presentación de instancias, la Alcaldía dictará resolución en el plazo
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Verificable
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http://bop.dip-caceres.es
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