Sección I - Administración Local. Entidades Locales Menores. Ayuntamiento de Navatrasierra (E.L.M.). (BOP-2024-3614)
BOP-2024-3614 Aprobación definitiva Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por Expedición de Documentos Administrativos o Autorizaciones Locales a instancia de parte.
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100 cuando los/as interesados/as solicitasen con carácter de urgencia la tramitación de los
expedientes que motivasen el devengo.
Artículo 6. Tarifa.
Certificaciones en general, informes de la Alcaldía, etc. 1,50 €
Certificaciones literales de acuerdos (de Pleno, Comisión
de Gobierno, etc).
1,50 €
Certificados e informes del Ayuntamiento, que sea posible facilitar, y reúnan las siguientes
circunstancias.
Antigüedad superior a cinco años. 5,00 €
Especial dificultad para la obtención de datos. 10,00 €
Compulsas, hasta 5 folios a compulsar. 2,00 €
Compulsas, a partir de cinco folios. 0,50 € por cada folio
Por iniciación de cualquier clase de expediente, a
instancia de parte.
10,00 €
Por Licencias o permisos otorgados por el Pleno o la Alcaldía, será la que figure en la
respectiva Ordenanza, pero en su defecto, regirá la tarifa de 10 €.
Por documentos urbanísticos (certificación de servicios
urbanísticos, informes urbanísticos no exigidos en
expediente, etc).
5,00 €
Por utilización de los servicios del Registro Unificado para todas las Administraciones Públicas
(Ventanilla Única).
Por cada registro en ventanilla única. 3,00 €
Por la utilización del Punto de Información Catastral.
Por cada certificación catastral expedida. 5,00 €
CVE:
BOP-2024-3614
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 3 de julio de 2024
N.º 0126
Pág. 15282
expedientes que motivasen el devengo.
Artículo 6. Tarifa.
Certificaciones en general, informes de la Alcaldía, etc. 1,50 €
Certificaciones literales de acuerdos (de Pleno, Comisión
de Gobierno, etc).
1,50 €
Certificados e informes del Ayuntamiento, que sea posible facilitar, y reúnan las siguientes
circunstancias.
Antigüedad superior a cinco años. 5,00 €
Especial dificultad para la obtención de datos. 10,00 €
Compulsas, hasta 5 folios a compulsar. 2,00 €
Compulsas, a partir de cinco folios. 0,50 € por cada folio
Por iniciación de cualquier clase de expediente, a
instancia de parte.
10,00 €
Por Licencias o permisos otorgados por el Pleno o la Alcaldía, será la que figure en la
respectiva Ordenanza, pero en su defecto, regirá la tarifa de 10 €.
Por documentos urbanísticos (certificación de servicios
urbanísticos, informes urbanísticos no exigidos en
expediente, etc).
5,00 €
Por utilización de los servicios del Registro Unificado para todas las Administraciones Públicas
(Ventanilla Única).
Por cada registro en ventanilla única. 3,00 €
Por la utilización del Punto de Información Catastral.
Por cada certificación catastral expedida. 5,00 €
CVE:
BOP-2024-3614
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 3 de julio de 2024
N.º 0126
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