Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Plasencia. (BOP-2024-3607)
BOP-2024-3607 Aprobación definitiva Ordenanza Municipal de Ruidos.
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Tendrá la consideración de circunstancia atenuante de la responsabilidad, la adopción
espontánea por parte del autor o autora de la infracción, de medidas correctoras con
anterioridad a la incoación del expediente sancionador, así como el reconocimiento espontáneo
de responsabilidad por la persona interesada antes de efectuarse la resolución.
Asimismo, se tendrán en cuenta para graduar la sanción el grado de colaboración con la
administración, mostrada por el inculpado, para poner fin a la actividad perturbadora.
Artículo 21. Sanciones.
Las infracciones a las que se refieren los artículos 17, 18 y 19 podrán dar lugar a la imposición
de todas o algunas de las siguientes sanciones, de acuerdo con las previsiones contenidas en
la Ley 37/2003, de 17 de noviembre, del Ruido:
1. En el caso de infracciones leves:
Multas de hasta 600 euros.
La cuantía mínima de imposición de sanciones leves será de 180 €
Suspensión de la vigencia de las autorizaciones o licencias municipales en las que se
hayan establecido condiciones relativas a la contaminación acústica, por un período
inferior a un mes.
2. En el caso de infracciones graves:
Multas desde 601 hasta 12.000 euros.
Suspensión de la vigencia de la licencia de actividades sujetas a autorizaciones o
comunicaciones ambientales en las que se hayan establecido condiciones relativas a la
contaminación acústica, por un período de tiempo comprendido entre un mes y un día y
un año.
Clausura temporal, total o parcial, de las instalaciones por un periodo máximo de 2
años.
3. En el caso de infracciones muy graves:
Multas desde 12.001 hasta 300.000 euros.
Revocación de la licencia de actividades sujetas a autorizaciones o comunicaciones
ambientales en las que se hayan establecido condiciones relativas a la contaminación
acústica, o la suspensión de su vigencia por un periodo de tiempo comprendido entre un
año y un día y cinco años.
CVE:
BOP-2024-3607
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 3 de julio de 2024
N.º 0126
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