Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Plasencia. (BOP-2024-3565)
BOP-2024-3565 Modificación del Reglamento Orgánico Municipal.
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atribuyendo al Pleno, en el artículo 22.2.d), la aprobación del Reglamento Orgánico Municipal.
TÍTULO PRELIMINAR
Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación.
1. El presente Reglamento se basa en el principio de la autonomía municipal que garantiza la
Constitución Española y se dicta en ejercicio de la potestad reglamentaria y de
autoorganización que corresponde al municipio.
2. El presente Reglamento tiene por objeto regular el gobierno y la administración del
Ayuntamiento de Plasencia al amparo de lo establecido en los artículos 4.1, y 20.1.c), de la Ley
7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local (en adelante LBRL). En
concreto:
El régimen organizativo del Ayuntamiento.
El funcionamiento de los órganos municipales.
El estatuto de los miembros electos de la Corporación.
3. Su ámbito de aplicación es el municipio de Plasencia.
Artículo 2. Principios generales de organización y funcionamiento.
El Ayuntamiento de Plasencia se organiza y actúa con sometimiento pleno a la Ley y al
Derecho, de acuerdo con los principios de servicio a la ciudadanía, eficacia, descentralización
funcional, desconcentración, coordinación, cooperación, economía, suficiencia y adecuación de
los medios a los fines municipales; eficiencia en la organización y utilización de los recursos
públicos, programación de objetivos y control de la gestión municipal, responsabilidad por la
gestión municipal, racionalización y agilidad de los procedimientos administrativos; objetividad,
calidad y mejora continua de los servicios y prestaciones municipales; claridad, simplicidad y
proximidad; prestando especial atención a la transparencia de la gestión pública y a la
implementación de mecanismos de participación ciudadana.
Artículo. 3. Órganos del Ayuntamiento.
La organización municipal se estructura en órganos necesarios y en órganos complementarios.
a) Son órganos necesarios:
El/la alcalde/alcaldesa.
El Pleno.
CVE:
BOP-2024-3565
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 2 de julio de 2024
N.º 0125
Pág. 15005
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atribuyendo al Pleno, en el artículo 22.2.d), la aprobación del Reglamento Orgánico Municipal.
TÍTULO PRELIMINAR
Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación.
1. El presente Reglamento se basa en el principio de la autonomía municipal que garantiza la
Constitución Española y se dicta en ejercicio de la potestad reglamentaria y de
autoorganización que corresponde al municipio.
2. El presente Reglamento tiene por objeto regular el gobierno y la administración del
Ayuntamiento de Plasencia al amparo de lo establecido en los artículos 4.1, y 20.1.c), de la Ley
7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local (en adelante LBRL). En
concreto:
El régimen organizativo del Ayuntamiento.
El funcionamiento de los órganos municipales.
El estatuto de los miembros electos de la Corporación.
3. Su ámbito de aplicación es el municipio de Plasencia.
Artículo 2. Principios generales de organización y funcionamiento.
El Ayuntamiento de Plasencia se organiza y actúa con sometimiento pleno a la Ley y al
Derecho, de acuerdo con los principios de servicio a la ciudadanía, eficacia, descentralización
funcional, desconcentración, coordinación, cooperación, economía, suficiencia y adecuación de
los medios a los fines municipales; eficiencia en la organización y utilización de los recursos
públicos, programación de objetivos y control de la gestión municipal, responsabilidad por la
gestión municipal, racionalización y agilidad de los procedimientos administrativos; objetividad,
calidad y mejora continua de los servicios y prestaciones municipales; claridad, simplicidad y
proximidad; prestando especial atención a la transparencia de la gestión pública y a la
implementación de mecanismos de participación ciudadana.
Artículo. 3. Órganos del Ayuntamiento.
La organización municipal se estructura en órganos necesarios y en órganos complementarios.
a) Son órganos necesarios:
El/la alcalde/alcaldesa.
El Pleno.
CVE:
BOP-2024-3565
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 2 de julio de 2024
N.º 0125
Pág. 15005