Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Plasencia. (BOP-2024-3565)
BOP-2024-3565 Modificación del Reglamento Orgánico Municipal.
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CAPÍTULO II: BANDOS, DECRETOS, RESOLUCIONES, COMUNICACIONES Y
NOTIFICACIONES.
Artículo 10. Forma y efectos.
1. Las resoluciones del/la alcalde/alcaldesa se extenderán en su nombre. Cuando las
resoluciones administrativas se dicten por delegación, se hará constar expresamente esta
circunstancia y se considerarán dictadas por la autoridad que la haya conferido.
2. Las comunicaciones que se dirijan a las autoridades serán firmadas por el/la
alcalde/alcaldesa o concejal/a delegado/a y las demás que den traslado de acuerdos o
resoluciones, así como los emplazamientos por la Secretaría General.
3. De todos los decretos y resoluciones del/la alcalde/alcaldesa y de los/las concejales/as
delegados/as en el ejercicio de sus atribuciones resolutorias dará fe la Secretaría General,
mediante la toma de razón, que equivaldrá a la anotación bajo firma, regulada en el artículo
3.2, h) del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de
los Funcionarios de Administración Local con Habilitación de Carácter Nacional.
4. El Ayuntamiento de Plasencia, con el fin de potenciar la modernización de la estructura
municipal, racionalización de los trabajos burocráticos y la automatización de los sistemas, al
amparo de lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas, fomentará el empleo y la aplicación de la técnica y
medios electrónicos, informáticos y telemáticos para impulsar la actividad administrativa, la
tramitación de expedientes, la agilización de las notificaciones que realice la Secretaría General
de los actos, emplazamientos, requerimiento, edictos y anuncios y la comunicación con los
ciudadanos en el desarrollo de su actividad y ejercicio de sus competencias, debiendo, en todo
caso, quedar garantizada la seguridad jurídica, la autenticidad e integridad documental y la
protección de los datos de carácter personal en los términos establecidos en la Ley Orgánica
15/1999, de Protección de Datos de Carácter Personal.
TÍTULO II: ORGANIZACIÓN DEL PLENO MUNICIPAL DEL AYUNTAMIENTO DE PLASENCIA
CAPÍTULO I.
SECCIÓN PRIMERA: EL PLENO DEL AYUNTAMIENTO DE PLASENCIA.
Artículo 11. Composición.
El Pleno está integrado por todos los Concejales y es presidido por el/la Alcalde/Alcaldesa. Es
CVE:
BOP-2024-3565
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 2 de julio de 2024
N.º 0125
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