Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Plasencia. (BOP-2024-3533)
BOP-2024-3533 Bases y convocatoria para la adscripción de funciones en el puesto de Agente de la Unidad Canina de la Policía Local, mediante el sistema de concurso de traslado por el procedimiento de concurso de méritos.
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NEGOCIADO
DE PERSONAL
8.4. Otros méritos (Puntuación máxima del apartado 1 PUNTO)
a) Por haber sido recompensado con medallas individuales al mérito: 0,5 puntos
por cada una, hasta un máximo de 1 punto.
En este apartado no se tendrán en cuenta condecoraciones colectivas o aquellas otras
individuales, las condecoraciones a la constancia en cualquiera de sus modalidades
concedidas a los miembros de la Policía Local, Guardia Civil, a la dedicación al
servicio también en cualquiera de sus modalidades concedidas a los miembros del
Cuerpo Nacional de Policía y aquellas otras equivalentes cuya concesión se
fundamente en la acumulación de años de servicio, con independencia de la exigencia
de un expediente intachable para su concesión, por estar ya valoradas en concepto de
antigüedad de estas bases.
Solo se valorarán las medallas públicas individuales provenientes de las
Administraciones Públicas o de sus órganos de gobierno.
b) Por haber recibido felicitaciones públicas individuales: 0,30 puntos por cada
una, hasta un máximo de 1 punto.
En este apartado solo se valorarán las felicitaciones públicas individuales provenientes
de los órganos de gobierno de los ayuntamientos (Junta de Gobierno Local o Pleno) y
de los órganos políticos y de gobierno de las diputaciones provinciales,
administraciones autonómicas o de la Administración General del Estado.
Los méritos aportados en este apartado se acreditarán mediante certificación o copia
del Acta de la Junta de Gobierno, Pleno u órgano competente de la Administración
Autonómica o Estatal.
NOVENA.- PLAZOS DE RECLAMACIONES.
Tras la exposición provisional de la puntuación alcanzada, los participantes dispondrán
de un plazo de 3 días hábiles para formular alegaciones a la puntuación alcanzada.
Esta fase no constituye un trámite de aportación de documentos distintos a los
presentados con anterioridad y que en todo caso, pueden no ser tenidos en cuenta por
la Comisión.
DECIMA.- ORDEN DE CLASIFICACIÓN.
El orden de clasificación definitiva estará determinado por la suma de las puntuaciones
obtenidas por cada participante en el baremo de los méritos presentados por estos.
En caso de empate en las puntuaciones finales, se resolverían a favor de la persona
con más puntuación en el apartado experiencia, seguido de los puntos en formación
específica con las funciones que se adscriben, y de persistir el empate con los puntos,
se resolvería por sorteo público.
CVE:
BOP-2024-3533
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 28 de junio de 2024
N.º 0123
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