Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Plasencia. (BOP-2024-3533)
BOP-2024-3533 Bases y convocatoria para la adscripción de funciones en el puesto de Agente de la Unidad Canina de la Policía Local, mediante el sistema de concurso de traslado por el procedimiento de concurso de méritos.
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NEGOCIADO
DE PERSONAL
DÉCIMO PRIMERA.- DE LA ADSCRIPCIÓN DE FUNCIONES.
Terminado el procedimiento, por la Alcaldía se procederá a adscribir las funciones del
servicio la UNIDAD CANINA del Cuerpo de Policía Local de Plasencia, al/la Agente
con mayor puntuación alcanzada, que procederá a percibir las retribuciones fijadas en
la Relación de Puestos de Trabajo, para el puesto de Agente de Policía Local de la
Unidad Canina.
Dado que el participante ostentará la condición de funcionario público, estará exento
de justificar documentalmente las condiciones y requisitos ya demostrados para
obtener su anterior nombramiento.
DÉCIMO SEGUNDA.- INCIDENCIAS.
Contra estas bases, su convocatoria y cuantos actos administrativos se deriven de las
mismas y de las actuaciones de la Comisión, se podrán interponer impugnaciones por
las personas interesadas en los casos y en la forma establecidos por la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas.
Contra la convocatoria y sus bases, que agotan la vía administrativa, se podrá
interponer Recurso de Reposición, en el plazo de un mes ante la Alcaldía, previo al
contencioso-administrativo, que será de dos meses, a contar desde el día siguiente al
de la publicación de las bases en el B.O.P. de Cáceres (artículo 46 de la ley 29/1998,
de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa).
La Comisión queda facultada para resolver las dudas que puedan presentarse y
adoptar resoluciones, criterios o medidas necesarias para el buen orden del proceso
en aquellos aspectos no previstos en estas bases, siendo en todo caso aplicable, para
lo no previsto en la presente convocatoria: la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de
las Bases del Régimen Local; el Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por
el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia
de Régimen Local; Ley 13/2015, de 8 de abril, de la Función Pública de Extremadura;
Ley 7/2017, de 1 de agosto, de Coordinación de Policías Locales de Extremadura y el
Decreto 218/2009, de 9 de octubre, de la Consejería de Administración Pública y
Hacienda, por el que se aprueban las Normas Marco de los Policías Locales de
Extremadura; y demás normas concordantes de aplicación.
DÉCIMO TERCERA.- PROTECCION DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL.
Por el solo hecho de su participación en el presente proceso selectivo, se presta el
consentimiento para que los datos de carácter personal facilitados por ellos sean
incorporados en los ficheros automatizados del Negociado de Personal, cuya finalidad
es la de ser utilizados para la gestión del personal en todos sus aspectos: formación,
selección y promoción interna, retribuciones, estadísticas relativas al mismo,
prevención de riesgos laborales, incompatibilidades y otros extremos.
CVE:
BOP-2024-3533
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 28 de junio de 2024
N.º 0123
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