Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Jarandilla de la Vera. (BOP-2024-3337)
BOP-2024-3337 Aprobación definitiva del Reglamento de Régimen Interno de la Residencia de Mayores, Centro de Día y Servicio de Comedor de Jarandilla de la Vera.
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c) Por la comisión de INFRACCIONES MUY GRAVES.
Suspensión del servicio de estancia y residencia por un tiempo de 3 a 6 meses.
Pérdida definitiva de la condición de personas usuaria de la Residencia.
CAPÍTULO III. DE LA IMPOSICIÓN DE SANCIONES.
Artículo 68. La Dirección de la Residencia, en el marco de sus funciones deberá:
Conocer todos los hechos constitutivos de infracciones que cometan las personas
usuarias, a través del Libro de Registro de Incidencias.
Graduar la gravedad de los hechos conforme a lo previsto en los artículos 64, 65 y 66
del presente Reglamento.
Valorar la posible sanción conforme a lo previsto en el artículo 67 del presente
Reglamento.
Elaborar un informe justificativo de comisión de infracción y de valoración de la posible
sanción para elevarlo a la Comisión de Seguimiento y Evaluación.
Adoptar las medidas cautelares que considere oportunas, si aprecia que existe riesgo
inmediato de afectar la integridad física de las personas usuarias o de los/as
trabajadores/as de la Residencia.
Artículo 69. La Comisión de Seguimiento y Evaluación, en el marco de sus funciones deberá:
Abrir el correspondiente expediente disciplinario a la persona usuaria de la Residencia,
a partir del informe de comisión de infracciones y valoración de posible sanción,
elevado por la Dirección de la Residencia. Nombrar instructor del expediente y
comunicarlo a la persona usuaria y a su familiar.
Ratificar o levantar las medidas cautelares adoptadas por la Dirección de la
Residencia, al apreciar ésta la existencia de riesgo inmediato de afectar la integridad
física de las personas usuarias o de los/as trabajadores/as de la Residencia.
Realizar las actuaciones que crea adecuadas para clarificar los hechos sucedidos
constitutivos de infracción, si lo estima conveniente.
Aprobar o desestimar la imposición de la sanción valorada por la Dirección a partir de
su informe y, en su caso, del resultado de las actuaciones de comprobación señaladas
en la letra anterior.
Elevar la imposición de la sanción o su desestimación a la Alcaldía del Ayuntamiento
de Jarandilla de la Vera para su ratificación y notificación a la persona usuaria y al
familiar, con indicación de los recursos que ésta pueda interponer.
CVE:
BOP-2024-3337
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 19 de junio de 2024
N.º 0116
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