Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Talaván. (BOP-2024-3174)
BOP-2024-3174 Aprobación definitiva Ordenanza reguladora de Vertidos.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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b) Dificultades en el mantenimiento de la red o Plantas Depuradoras por creación de
condiciones penosas, peligrosas o tóxicas para el personal encargado del mismo.
c) Reducción de la eficiencia de las operaciones y procesos de tratamiento de aguas residuales
y fangos, empleados en las Plantas Depuradoras.
d) Inconvenientes en la disposición final en el medio ambiente receptor, o usos posteriores, de
las aguas depuradas y los fangos residuales del tratamiento.
e) Contaminación de los ríos receptores que atraviesan el término municipal de la ciudad.
ARTÍCULO 2. Definiciones
Aguas de desecho o residuales domésticas:
Son las aguas usadas procedentes de viviendas, edificios comerciales o instituciones públicas
(escuelas, hospitales, etc.). Acarrean, fundamentalmente, desechos procedentes de la preparación,
cocción y manipulación de alimentos, lavado de ropas y utensilios así como excrementos humanos o
materiales similares procedentes de las instalaciones sanitarias de edificios y viviendas.
Aguas de desecho o residuales industriales:
Son las aguas usadas, procedentes de establecimientos industriales, comerciales o de otro tipo,
que acarrean desechos, diferentes de los presentes en las aguas residuales definidas como domésticas,
generados en sus procesos de fabricación o manufactura, o actividad correspondiente.
Sólidos suspendidos:
Abreviadamente S.S., constituye una medida del contenido en materia total no filtrable de un
agua. Se determina por un ensayo normalizado de filtración en Laboratorio, expresándose el resultado
en miligramos por litro.
Aceites y grasas flotantes:
Son los aceites, grasas, sebos o ceras presentes en el agua residual en un estado físico tal que
es posible su separación física por gravedad mediante tratamiento en una instalación adecuada.
Pretratamiento:
Significa la aplicación de operaciones o procesos físicos, químicos y/o biológicos, para reducir
la cantidad de contaminantes (o alterar la naturaleza química y/o propiedades de un contaminante) en
un agua residual, antes de verterlo a un Sistema de Saneamiento público.
Ayuntamiento de Talaván
Plaza de los Herradores, 1, Talaván. 10193 (Cáceres). Tfno. 927285002. Fax:
Cód.
Validación:
35M5TZJ2S5P57EMZ77EFG6DYZ
Verificación:
https://talavan.sedelectronica.es/
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firmado
electrónicamente
desde
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plataforma
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Viernes, 7 de junio de 2024
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condiciones penosas, peligrosas o tóxicas para el personal encargado del mismo.
c) Reducción de la eficiencia de las operaciones y procesos de tratamiento de aguas residuales
y fangos, empleados en las Plantas Depuradoras.
d) Inconvenientes en la disposición final en el medio ambiente receptor, o usos posteriores, de
las aguas depuradas y los fangos residuales del tratamiento.
e) Contaminación de los ríos receptores que atraviesan el término municipal de la ciudad.
ARTÍCULO 2. Definiciones
Aguas de desecho o residuales domésticas:
Son las aguas usadas procedentes de viviendas, edificios comerciales o instituciones públicas
(escuelas, hospitales, etc.). Acarrean, fundamentalmente, desechos procedentes de la preparación,
cocción y manipulación de alimentos, lavado de ropas y utensilios así como excrementos humanos o
materiales similares procedentes de las instalaciones sanitarias de edificios y viviendas.
Aguas de desecho o residuales industriales:
Son las aguas usadas, procedentes de establecimientos industriales, comerciales o de otro tipo,
que acarrean desechos, diferentes de los presentes en las aguas residuales definidas como domésticas,
generados en sus procesos de fabricación o manufactura, o actividad correspondiente.
Sólidos suspendidos:
Abreviadamente S.S., constituye una medida del contenido en materia total no filtrable de un
agua. Se determina por un ensayo normalizado de filtración en Laboratorio, expresándose el resultado
en miligramos por litro.
Aceites y grasas flotantes:
Son los aceites, grasas, sebos o ceras presentes en el agua residual en un estado físico tal que
es posible su separación física por gravedad mediante tratamiento en una instalación adecuada.
Pretratamiento:
Significa la aplicación de operaciones o procesos físicos, químicos y/o biológicos, para reducir
la cantidad de contaminantes (o alterar la naturaleza química y/o propiedades de un contaminante) en
un agua residual, antes de verterlo a un Sistema de Saneamiento público.
Ayuntamiento de Talaván
Plaza de los Herradores, 1, Talaván. 10193 (Cáceres). Tfno. 927285002. Fax:
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Validación:
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