Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Casatejada. (BOP-2024-3131)
BOP-2024-3131 Información pública estudio de viabilidad Concesión del Servicio de Residencia Municipal de Mayores y Centro de Día.
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Expediente n.º: 104/2024
Estudio de Viabilidad para la contratación de una concesión de servicios
 Continuando con la legislación autonómica de la dependencia, merece
especial mención la Orden 30 de noviembre de 2012, por la que se
establece el Catálogo de servicios y prestaciones económicas del Sistema
para la Autonomía y Atención a la Dependencia, la intensidad de los
servicios y el régimen de compatibilidades aplicables en la Comunidad
Autónoma de Extremadura, en su capítulo II refleja el contenido del
catálogo que comprende los servicios que se especifican en el art. 15 de la
Ley 39/2006 de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las
personas en situación de dependencia.
3. Justificación de las ventajas cuantitativas y cualitativas que
aconsejan la utilización del contrato de concesión de servicios.
Conforme al artículo 15 de la LCSP, el contrato de concesión de servicios es
aquel, en virtud del cual, uno o varios poderes adjudicadores encomiendan a título
oneroso a una o varias personas, naturales o jurídicas, la gestión de un servicio
cuya prestación sea de su titularidad o competencia, y cuya contrapartida venga
constituida, bien por el derecho a explotar los servicios objeto del contrato o bien
por dicho derecho acompañado del de percibir un precio.
Este derecho de explotación de los servicios, implica la transferencia al
concesionario del riesgo operacional, abarcando el riesgo de demanda, el de
suministro, o ambos. Se entiende por riesgo de demanda, el que se debe a la
demanda real de los servicios objeto del contrato y riesgo de suministro, el
relativo al suministro de los servicios objeto del contrato, en particular, el riesgo
de que la prestación de los servicios no se ajuste a la demanda.
Así, la elección de este modelo de contratación se encuentra justificada en
que el ayuntamiento no dispone de recursos, ni medios económicos y personales
suficientes para llevar a cabo una gestión directa de un servicio, cuya naturaleza
requiere una explotación adaptada a una demanda y organización más propias de
una dirección y administración privada.
El concesionario asumirá el riesgo operacional, controlando los costes y el
retorno económico de la explotación, lo que servirá de estímulo para optimizar los
recursos y realizar una gestión adecuada de los mismos, y se traducirá en un
aumento de la demanda, de sus ganancias y en relación con el usuario en un
aumento en la calidad del servicio.
CVE:
BOP-2024-3131
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 6 de junio de 2024
N.º 0107
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