Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Plasencia. (BOP-2024-3082)
BOP-2024-3082 Modificación de ordenanzas fiscales.
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este artículo se aplicarán sobre la parte del valor definido en el párrafo a) anterior
que represente, respecto de aquel, el valor de los referidos derechos calculado
mediante la aplicación de las normas fijadas a efectos del Impuesto sobre
Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados.
c) En la constitución o transmisión del derecho a elevar una o más
plantas sobre un edificio o terreno, o del derecho de realizar la construcción
bajo suelo sin implicar la existencia de un derecho real de superficie, los
porcentajes anuales contenidos en el apartado 4 de este artículo se aplicarán sobre
la parte del valor definido en el párrafo a) que represente, respecto de aquel, el
módulo de proporcionalidad fijado en la escritura de transmisión o, en su
defecto, el que resulte de establecer la proporción entre la superficie o volumen de
las plantas a construir en vuelo o subsuelo y la total superficie o volumen
edificados una vez construidas aquellas.
d) En los supuestos de expropiaciones forzosas, los porcentajes
anuales contenidos en el apartado 3 de este artículo se aplicarán sobre la
parte del justiprecio que corresponda al valor del terreno, salvo que el valor
definido en el párrafo a) del apartado 2 anterior fuese inferior, en cuyo caso
prevalecerá este último sobre el justiprecio.
El coeficiente a aplicar sobre el valor del terreno en el momento del devengo,
calculado conforme a lo dispuesto en los apartados anteriores, será el siguiente:
Período de generación Coeficiente
Inferior a 1 año. 0,14
1 año 0,13
2 años 0,14
3 años 0,14
4 años 0,16
5 años 0,17
6 años 0,16
7 años 0,16
8 años 0,14
9 años 0,12
10 años 0,10
11 años 0,08
12 años 0,08
13 años 0,08
14 años 0,09
15 años 0,09
16 años 0,10
17 años 0,13
18 años 0,17
19 años 0,23
Igual o superior a 20 años 0,40
Estos coeficientes máximos serán actualizados anualmente mediante norma con
rango legal, pudiendo llevarse a cabo dicha actualización mediante las leyes de
presupuestos generales del Estado.
CVE:
BOP-2024-3082
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 4 de junio de 2024
N.º 0105
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