Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Pasarón de la Vera. (BOP-2024-2903)
BOP-2024-2903 Aprobación definitiva de la Ordenanza Fiscal reguladora del campamento Las Castellanas.
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responsables de su custodia y su devolución en las oficinas a los/as empleados/as municipales
en el plazo más breve tras la finalización de la actividad. El solicitante de la utilización
responderá de la devolución de dicha llave y se abstendrá de realizar reproducciones de la
misma, salvo que la concejalía correspondiente así lo autorice. En caso de obtención de
copias, todas serán devueltas al Ayuntamiento al término del período de uso de los edificios y
locales.
Una vez finalizada su utilización, se realizará una nueva comprobación a los efectos del
cumplimiento de las obligaciones de los usuarios establecidas en esta Ordenanza y demás
legislación vigente.
ARTÍCULO 9. Determinaciones de la Autorización.
La autorización de uso se dictará atendiendo, entre otros, a los siguientes criterios:
Clase de actividad: Educacional, de ocio u otra.
Disponibilidad de locales o instalaciones.
Número de usuarios pretendido.
Duración temporal del uso.
Cualquier uso de las instalaciones municipales del campamento estará supeditado al
funcionamiento habitual de los servicios públicos y de las actividades propias a desarrollar en
las instalaciones.
La resolución podrá imponer condiciones particulares en relación al aforo máximo permitido,
restricciones al acceso de menores o limitaciones derivadas de la normativa vigente en materia
de actividades de campamento sean de ocio o educacionales.
ARTÍCULO 10. Fianza.
Para el uso de las instalaciones del campamento Las Castellanas se exigirá una fianza de 500
euros. La fianza responderá del cumplimiento de las obligaciones de buen uso y restitución de
instalaciones municipales del campamento, la situación anterior al momento de la cesión.
Asimismo, garantizará la indemnización de daños y perjuicios cuando deban responder los
usuarios de los que efectivamente se produzcan en las instalaciones cedidas; también
responderá del pago de las sanciones que puedan imponerse en virtud de la aplicación de la
presente Ordenanza.
CVE:
BOP-2024-2903
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 27 de mayo de 2024
N.º 0100
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