Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Calzadilla. (BOP-2024-2761)
BOP-2024-2761 Plan Estratégico de Subvenciones para el año 2024.
5 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Y de lo expresado y la regulación del Plan estratégico de subvenciones se deduce que su
finalidad es conseguir la máxima eficacia con los recursos disponibles respetando, para ello,
las limitaciones derivadas del principio de estabilidad presupuestaria. Además, la naturaleza del
Plan estratégico de subvenciones como instrumento de gestión de carácter programático y sin
rango normativo, supone que carece de incidencia directa en la esfera de potenciales
beneficiarios/as de subvenciones, no creando, de este modo, derechos ni obligaciones para
éstos. Su efectividad quedará condicionada a la ejecución de las diferentes líneas de
subvención, atendiendo, entre otros condicionantes, a las disponibilidades presupuestarias de
cada ejercicio. Además, en estos momentos en los que se requiere un mayor control del gasto,
el Plan estratégico de subvenciones ha de ser un instrumento que sirva para racionalizar el
ejercicio de la acción de fomento, de tal manera que se pueda seguir manteniendo esa acción
a la vez que se rentabilicen los recursos mediante criterios de eficacia, que por las
circunstancias concurrentes pueden verse limitados.
CAPÍTULO I. DISPOSICIONES GENERALES.
ARTÍCULO 1.
El establecimiento de subvenciones por este Ayuntamiento durante la anualidad de 2024, se
ajustará a lo previsto en el presente Plan.
ARTÍCULO 2.
El establecimiento efectivo de las subvenciones previstas en este Plan requerirá la inclusión de
las consignaciones correspondientes en los Presupuestos municipales del año 2024 y la
aprobación de las Ordenanzas que contengan las bases reguladoras de su concesión, o en su
caso, de las Bases Reguladoras de cada una de las líneas de subvención que se establezcan.
ARTÍCULO 3.
El establecimiento de subvenciones queda supeditado al cumplimiento de los objetivos de
estabilidad presupuestaria, por lo que las consignaciones presupuestarias que se aprueben y
las bases reguladoras de su concesión se acomodarán en cada momento a dichos objetivos.
ARTÍCULO 4.
La aprobación del Plan Estratégico de Subvenciones no supone la generación de derecho
alguno en favor de los potenciales beneficiarios/as, que no podrán exigir indemnización o
compensación alguna en caso de que el Plan no se lleve a la práctica en sus propios términos.
CVE:
BOP-2024-2761
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 22 de mayo de 2024
N.º 0097
Pág. 11756