Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Calzadilla. (BOP-2024-2761)
BOP-2024-2761 Plan Estratégico de Subvenciones para el año 2024.
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a.
b.
CAPÍTULO II. BENEFICIARIOS/AS Y MATERIAS EN LAS QUE SE ESTABLECERAN
SUBVENCIONES.
ARTÍCULO 5.
El Ayuntamiento concederá subvenciones a favor de personas o Entidades privadas con la
finalidad de fomentar la realización de actividades de utilidad pública o interés social o para
promover la consecución de fines públicos atribuidos a la competencia local.
ARTÍCULO 6.
El presente Plan Estratégico de Subvenciones abarca las subvenciones que establezca el
Ayuntamiento en las distintas actividades desarrolladas en su ámbito de competencias:
Acción social: asociacionismo y participación ciudadana, y fomento de la natalidad.
Educación: fomento del rendimiento académico.
CAPÍTULO III. SUBVENCIONES EN MATERIA DE ACCIÓN SOCIAL.
ARTÍCULO 7.
En materia de acción social, el Ayuntamiento establecerá, durante el período de vigencia del
Plan, las siguientes líneas de subvención:
A) Fomento del Asociacionismo y la participación ciudadana:
Objetivos: Dinamizar los aspectos socioculturales de la vida municipal a través de las
asociaciones existentes en Calzadilla, así como, fomentar el asociacionismo local y la
realización de actividades de ocio, culturales, educativas, integradoras, de fomento de
la convivencia y cumplir con otros fines de carácter social, cultural y educativo,
rechazar la violencia y el racismo y exploración de nuevas formas de planificación y
gestión en torno a proyectos de regeneración urbana, etc.
Efectos pretendidos: Estimular la vida sociocultural del municipio para generar una
mayor afinidad y convivencia de los vecinos mediante actividades de diversa índole
que repercutan en Calzadilla mediante las asociaciones locales con y con fines de
carácter social, cultural o educativo, etc. Asimismo, se pretende incentivar la
participación en actividades de ocio tales como festivales, concursos de carnaval, etc.
CVE:
BOP-2024-2761
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 22 de mayo de 2024
N.º 0097
Pág. 11757
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CAPÍTULO II. BENEFICIARIOS/AS Y MATERIAS EN LAS QUE SE ESTABLECERAN
SUBVENCIONES.
ARTÍCULO 5.
El Ayuntamiento concederá subvenciones a favor de personas o Entidades privadas con la
finalidad de fomentar la realización de actividades de utilidad pública o interés social o para
promover la consecución de fines públicos atribuidos a la competencia local.
ARTÍCULO 6.
El presente Plan Estratégico de Subvenciones abarca las subvenciones que establezca el
Ayuntamiento en las distintas actividades desarrolladas en su ámbito de competencias:
Acción social: asociacionismo y participación ciudadana, y fomento de la natalidad.
Educación: fomento del rendimiento académico.
CAPÍTULO III. SUBVENCIONES EN MATERIA DE ACCIÓN SOCIAL.
ARTÍCULO 7.
En materia de acción social, el Ayuntamiento establecerá, durante el período de vigencia del
Plan, las siguientes líneas de subvención:
A) Fomento del Asociacionismo y la participación ciudadana:
Objetivos: Dinamizar los aspectos socioculturales de la vida municipal a través de las
asociaciones existentes en Calzadilla, así como, fomentar el asociacionismo local y la
realización de actividades de ocio, culturales, educativas, integradoras, de fomento de
la convivencia y cumplir con otros fines de carácter social, cultural y educativo,
rechazar la violencia y el racismo y exploración de nuevas formas de planificación y
gestión en torno a proyectos de regeneración urbana, etc.
Efectos pretendidos: Estimular la vida sociocultural del municipio para generar una
mayor afinidad y convivencia de los vecinos mediante actividades de diversa índole
que repercutan en Calzadilla mediante las asociaciones locales con y con fines de
carácter social, cultural o educativo, etc. Asimismo, se pretende incentivar la
participación en actividades de ocio tales como festivales, concursos de carnaval, etc.
CVE:
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Verificable
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http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 22 de mayo de 2024
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