Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2024-2737)
BOP-2024-2737 Provisión de puestos de trabajo mediante concurso de méritos específicos. Convocatoria.
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SECRETARÍA
Asuntos Generales
A-4 Antigüedad: Hasta un máximo de 1,6 puntos:
Por servicios prestados en la Excma. Diputación Provincial de Cáceres o en otras
Administraciones Públicas: 0,015 puntos por mes completo.
No se podrán valorar servicios simultáneos, en el caso de que este hecho suceda, se
valorarán los servicios que más beneficien a los/las interesados/as.
A-5. Cursos (máximo 3,6 puntos):
Por cursos de formación y perfeccionamiento, cuyo contenido verse sobre materias
directamente relacionadas con las funciones propias del cuerpo/escala o categoría
profesional al que estés adscritos los puestos que se solicitan, así como las materias
transversales de igualdad y riesgos laborales:
• Por la participación como asistente: Por cada hora de duración 0,005 puntos.
• Por cursos impartidos: Por cada hora de duración 0,005 puntos, hasta un máximo de 1
punto.
Se valorará, únicamente, ya sea por asistir o por impartir, una única edición del curso o
acción formativa cuando sean varias coincidentes dentro del mismo año en cuanto a su
contenido.
Aquellas actividades formativas que no especifiquen número de horas se valorarán con
0,02 puntos.
La formación deberá ser acreditada en horas y/o créditos, estableciéndose la equivalencia
de 10 horas por crédito. No obstante, cuando la duración de las actividades formativas venga
determinada en días y/o Jornadas, el Tribunal valorará 5 horas por día, de acuerdo con
criterios de proporcionalidad y siempre que se acrediten claramente los días concretos de
celebración del curso.
La formación se acreditará mediante diplomas o certificados originales o copia de los
mismos.
A estos efectos se considerarán actividades formativas los cursos, los congresos, jornadas
y otras acciones formativas similares.
Para la valoración de este mérito deberá acreditarse mediante original o fotocopia de la
certificación que exprese que ha participado como docente en una determinada actividad
formativa y se acrediten las horas impartidas de docencia, no valorándose las prácticas, las
colaboraciones, ni las tutorías.
Se valorarán los cursos de formación, recibidos o impartidos, cuyo contenido, a juicio del
Tribunal, esté directamente relacionado con las funciones propias del cuerpo, escala y
subescala o categoría profesional a la que se opta que hayan sido convocados, impartidos u
homologados por el Instituto Nacional de Administración Pública, por una Administración
Pública (art. 2.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre) u Organismos y Organizaciones
dependientes de ellas, o por organizaciones sindicales u otros agentes promotores dentro del
marco del Acuerdo de Formación para el empleo de las Administraciones Públicas (IV
Acuerdo de Formación Continua en las Administraciones Públicas), Universidades y
colegios profesionales.
https://sede.dip-caceres.es/carpetaCiudadano/Enlaces.do?id=validacion&cveValidacion=DIPCC-PF20AZ0KOT0DNBCSCFT5T6U65WMTP3UK
DIPCC-PF20AZ0KOT0DNBCSCFT5T6U65WMTP3UK
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Este
documento
es
Copia
Auténtica
según
el
artículo
27
de
la
Ley
39/2015,
de
1
de
Octubre
URL
de
verificación:
Código
Seguro
de
Verificación:
JOSE
ALVARO
CASAS
AVILES
Firmantes:
L02000010
13/05/2024
13:12
5/9
DIR3
Órgano:
Sello
de
tiempo:
Página:
CVE:
BOP-2024-2737
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 22 de mayo de 2024
N.º 0097
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