Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2024-2737)
BOP-2024-2737 Provisión de puestos de trabajo mediante concurso de méritos específicos. Convocatoria.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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SECRETARÍA
Asuntos Generales
Los méritos alegados y no justificados en la forma indicada no podrán ser valorados.
Los aspirantes podrán solicitar la incorporación a sus instancias de documentos que obren
en poder de la Diputación, siempre que no hayan transcurrido más de cinco años desde que
el documento fue presentado e indiquen la fecha en que se presentó y el expediente en que
fueron incorporados.
Podrán recabarse de los/las aspirantes las aclaraciones o documentación adicional que se
estime necesaria para la comprobación de los méritos alegados.
BASE SEXTA. - Baremo que se aplicará en la valoración de méritos.
Para la adjudicación de los puestos se valorarán los méritos que se relacionan a continuación
hasta un máximo de 12,00 puntos, con referencia a la fecha de finalización del plazo de
presentación de solicitudes:
FASE 1. La valoración de los méritos generales de esta Fase no podrá ser superior a 9
puntos, ni inferior a 3 puntos. Se valorarán según el siguiente baremo:
A-1. Valoración del trabajo desarrollado en puestos de destino definitivo (máximo 2
puntos):
Por el nivel de Complemento de Destino correspondiente a los puestos de trabajo
desempeñados, se otorgarán los siguientes puntos:
Por el desempeño de un puesto de trabajo de nivel superior al que se concursa: 0,08
puntos por mes completo.
Por el desempeño de un puesto de trabajo de nivel igual al que se concursa: 0,06
puntos por mes completo.
Por el desempeño de un puesto de trabajo de nivel inferior en uno o dos niveles al
puesto que se concursa: 0,05 puntos por mes completo.
Por el desempeño de un puesto de trabajo inferior en más de dos niveles al que se
concursa: 0,02 puntos por mes completo.
A-2. Permanencia (máximo 0,9 puntos):
Por permanencia en el puesto desde el que se participa computada desde su
obtención con carácter definitivo: 0,015 puntos por mes de servicio.
A-3. Valoración del grado personal (máximo 0,9 puntos):
Por tener grado personal consolidado se adjudicará la puntuación siguiente:
Por grado personal superior al nivel del puesto solicitado: 0,9 puntos.
Por grado personal igual al nivel del puesto solicitado: 0,70 puntos.
Por grado personal inferior al nivel del puesto solicitado: 0,35 puntos.
https://sede.dip-caceres.es/carpetaCiudadano/Enlaces.do?id=validacion&cveValidacion=DIPCC-PF20AZ0KOT0DNBCSCFT5T6U65WMTP3UK
DIPCC-PF20AZ0KOT0DNBCSCFT5T6U65WMTP3UK
|
Este
documento
es
Copia
Auténtica
según
el
artículo
27
de
la
Ley
39/2015,
de
1
de
Octubre
URL
de
verificación:
Código
Seguro
de
Verificación:
JOSE
ALVARO
CASAS
AVILES
Firmantes:
L02000010
13/05/2024
13:12
4/9
DIR3
Órgano:
Sello
de
tiempo:
Página:
CVE:
BOP-2024-2737
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 22 de mayo de 2024
N.º 0097
Pág. 11647
Asuntos Generales
Los méritos alegados y no justificados en la forma indicada no podrán ser valorados.
Los aspirantes podrán solicitar la incorporación a sus instancias de documentos que obren
en poder de la Diputación, siempre que no hayan transcurrido más de cinco años desde que
el documento fue presentado e indiquen la fecha en que se presentó y el expediente en que
fueron incorporados.
Podrán recabarse de los/las aspirantes las aclaraciones o documentación adicional que se
estime necesaria para la comprobación de los méritos alegados.
BASE SEXTA. - Baremo que se aplicará en la valoración de méritos.
Para la adjudicación de los puestos se valorarán los méritos que se relacionan a continuación
hasta un máximo de 12,00 puntos, con referencia a la fecha de finalización del plazo de
presentación de solicitudes:
FASE 1. La valoración de los méritos generales de esta Fase no podrá ser superior a 9
puntos, ni inferior a 3 puntos. Se valorarán según el siguiente baremo:
A-1. Valoración del trabajo desarrollado en puestos de destino definitivo (máximo 2
puntos):
Por el nivel de Complemento de Destino correspondiente a los puestos de trabajo
desempeñados, se otorgarán los siguientes puntos:
Por el desempeño de un puesto de trabajo de nivel superior al que se concursa: 0,08
puntos por mes completo.
Por el desempeño de un puesto de trabajo de nivel igual al que se concursa: 0,06
puntos por mes completo.
Por el desempeño de un puesto de trabajo de nivel inferior en uno o dos niveles al
puesto que se concursa: 0,05 puntos por mes completo.
Por el desempeño de un puesto de trabajo inferior en más de dos niveles al que se
concursa: 0,02 puntos por mes completo.
A-2. Permanencia (máximo 0,9 puntos):
Por permanencia en el puesto desde el que se participa computada desde su
obtención con carácter definitivo: 0,015 puntos por mes de servicio.
A-3. Valoración del grado personal (máximo 0,9 puntos):
Por tener grado personal consolidado se adjudicará la puntuación siguiente:
Por grado personal superior al nivel del puesto solicitado: 0,9 puntos.
Por grado personal igual al nivel del puesto solicitado: 0,70 puntos.
Por grado personal inferior al nivel del puesto solicitado: 0,35 puntos.
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13/05/2024
13:12
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CVE:
BOP-2024-2737
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Miércoles, 22 de mayo de 2024
N.º 0097
Pág. 11647