Sección I - Administración Local. Mancomunidades. Mancomunidad Integral de Municipios Valle del Jerte. (BOP-2024-2735)
BOP-2024-2735 Bases selección de una plaza de Agente de Igualdad.
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A efectos de valorar la procedencia de la concesión de las adaptaciones solicitadas, se
recabará del candidato/a el correspondiente certificado o información adicional. La adaptación
no se otorgará de forma automática, sino únicamente en aquellos casos en que la discapacidad
guarde relación directa con la prueba a realizar.
La solicitud podrá solicitarse en el momento de presentación de instancias o en cualquier otro
siempre anterior a la fecha de realización de las pruebas, con suficiente antelación para la
realización de adaptaciones que sean necesarias.
3.7.- Lista provisional de admitidos/as y excluidos/as
Expirado el plazo de presentación de instancias, la presidencia en el plazo máximo de diez
días, dictará resolución declarando aprobada la lista provisional de las personas aspirantes
admitidas y excluidas, que se hará pública en el Boletín Oficial de la Provincia, indicando que la
lista certificada de aspirantes estará expuesta en el tablón de anuncios de la sede electrónica
de la Mancomunidad Integral del Valle del Jerte.
En la resolución se hará constar que los/as aspirantes cuentan con un plazo de cinco días
hábiles para la subsanación de defectos y posibles reclamaciones. Asimismo, aquellos/as
aspirantes que hayan detectado errores en la consignación de sus datos personales podrán
manifestarlo en el mismo plazo.
Aquellas personas que dentro del plazo señalado no subsanen el defecto que motivó la
exclusión o no presenten reclamación justificando su derecho a ser incluidas en la relación de
admitidos/as, serán definitivamente excluidas de la realización de las pruebas.
En el término de cinco días hábiles desde que termine el plazo de subsanación de errores y
reclamaciones se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia, y en el tablón de anuncios de la
sede electrónica de la Mancomunidad Integral del Valle del Jerte, resolución elevando a
definitiva la lista provisional de aspirantes, incluyendo en su caso a los/as excluidos/as que
hayan subsanado errores u omisiones. En dicha resolución se determinará el lugar, fecha y
hora del comienzo del primer ejercicio de la fase de oposición y en su caso el orden de
actuación de las personas aspirantes.
CUARTA. TRIBUNAL CALIFICADOR.
4.1.- Normativa del Tribunal.
El tribunal se conformará según el artículo 60 del Texto Refundido del Estatuto Básico del
Empleado/a público/a, artículo 8 del Decreto 201/1995, de 26 de diciembre, por el que se
CVE:
BOP-2024-2735
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 21 de mayo de 2024
N.º 0096
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