Sección I - Administración Local. Mancomunidades. Mancomunidad Integral de Municipios Valle del Jerte. (BOP-2024-2735)
BOP-2024-2735 Bases selección de una plaza de Agente de Igualdad.
27 páginas totales
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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•Fotocopia del carnet de conducir.
•Fotocopia de la documentación acreditativa de los méritos que se aleguen en el Concurso-
Oposición. LAS FOTOCOPIAS NO TIENEN QUE ESTAR COMPULSADAS, LAS PERSONAS
ASPIRANTES QUE RESULTEN SELECCIONADAS, PRESENTARÁ LOS ORIGINALES DE
ACUERDO CON LA BASE SÉPTIMA. ESTA DOCUMENTACIÓN SOLO LA PRESENTARÁN
AQUELLOS/AS ASPIRANTES QUE SUPEREN LA PRIMERA PRUEBA DE LA FASE DE
OPOSICIÓN DEL PROCESO SELECTIVO, ES DECIR, AQUELLOS/AS QUE SUPEREN EL
EXAMEN TIPO TEST, EN PLAZO DE 5 DÍAS HÁBILES DESDE EL SIGUIENTE A LA
PUBLICACIÓN DEL ACTA.
3.5.- Derechos de examen.
La tasa es de 30 euros y se abonará en la CC ES7721037811240030002811 de Unicaja
Banco. En el documento debe figurar el NOMBRE Y APELLIDOS o el Nº del DNI del aspirante
y se hará constar la siguiente leyenda “PUESTO DE AGENTE DE IGUALDAD “ Los
justificantes bancarios en los que no consten dichos datos se tendrán por no presentados al no
poder acreditar quién realiza el ingreso o el concepto. La falta de presentación del resguardo
acreditativo del abono de la tasa por derechos de examen dentro del plazo de presentación de
solicitudes determinará la exclusión de los/as aspirantes al proceso selectivo, sin perjuicio de
que se le otorgará plazo para subsanar cuando se publique la lista provisional de personas
admitidas y excluidas.
En ningún caso, la mera presentación de la acreditación del pago de la tasa supondrá la
sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud de participación.
3.5.1.- Devolución de la tasa.
La devolución de la tasa se pedirá a instancia de la persona interesada y sólo procederá en
aquellos supuestos en los que los/as candidatos/as sean excluidos/as en las listas definitivas
de admisión, una vez concluido el plazo de subsanación otorgado en cada convocatoria y
previa entrega del correspondiente impreso de “Alta de Terceros”.
3.6.- Adaptación de las pruebas a personas con grado de discapacidad.
Las personas aspirantes con un grado de discapacidad igual o superior al 33 % deberán
solicitar las adaptaciones y ajustes razonables necesarios de tiempo y medios para la
realización de las pruebas selectivas, debiendo reflejar las necesidades específicas que tiene
para acceder al proceso de selección en igualdad de condiciones.
CVE:
BOP-2024-2735
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 21 de mayo de 2024
N.º 0096
Pág. 11621
•Fotocopia de la documentación acreditativa de los méritos que se aleguen en el Concurso-
Oposición. LAS FOTOCOPIAS NO TIENEN QUE ESTAR COMPULSADAS, LAS PERSONAS
ASPIRANTES QUE RESULTEN SELECCIONADAS, PRESENTARÁ LOS ORIGINALES DE
ACUERDO CON LA BASE SÉPTIMA. ESTA DOCUMENTACIÓN SOLO LA PRESENTARÁN
AQUELLOS/AS ASPIRANTES QUE SUPEREN LA PRIMERA PRUEBA DE LA FASE DE
OPOSICIÓN DEL PROCESO SELECTIVO, ES DECIR, AQUELLOS/AS QUE SUPEREN EL
EXAMEN TIPO TEST, EN PLAZO DE 5 DÍAS HÁBILES DESDE EL SIGUIENTE A LA
PUBLICACIÓN DEL ACTA.
3.5.- Derechos de examen.
La tasa es de 30 euros y se abonará en la CC ES7721037811240030002811 de Unicaja
Banco. En el documento debe figurar el NOMBRE Y APELLIDOS o el Nº del DNI del aspirante
y se hará constar la siguiente leyenda “PUESTO DE AGENTE DE IGUALDAD “ Los
justificantes bancarios en los que no consten dichos datos se tendrán por no presentados al no
poder acreditar quién realiza el ingreso o el concepto. La falta de presentación del resguardo
acreditativo del abono de la tasa por derechos de examen dentro del plazo de presentación de
solicitudes determinará la exclusión de los/as aspirantes al proceso selectivo, sin perjuicio de
que se le otorgará plazo para subsanar cuando se publique la lista provisional de personas
admitidas y excluidas.
En ningún caso, la mera presentación de la acreditación del pago de la tasa supondrá la
sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud de participación.
3.5.1.- Devolución de la tasa.
La devolución de la tasa se pedirá a instancia de la persona interesada y sólo procederá en
aquellos supuestos en los que los/as candidatos/as sean excluidos/as en las listas definitivas
de admisión, una vez concluido el plazo de subsanación otorgado en cada convocatoria y
previa entrega del correspondiente impreso de “Alta de Terceros”.
3.6.- Adaptación de las pruebas a personas con grado de discapacidad.
Las personas aspirantes con un grado de discapacidad igual o superior al 33 % deberán
solicitar las adaptaciones y ajustes razonables necesarios de tiempo y medios para la
realización de las pruebas selectivas, debiendo reflejar las necesidades específicas que tiene
para acceder al proceso de selección en igualdad de condiciones.
CVE:
BOP-2024-2735
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 21 de mayo de 2024
N.º 0096
Pág. 11621