Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Valdeobispo. (BOP-2024-2668)
BOP-2024-2668 Aprobación definitiva del Reglamento Municipal del Servicio de Ayuda a Domicilio.
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5. Las alteraciones o variaciones que afecten a la capacidad económica del beneficiario y de
los miembros de la unidad familiar en ejercicios siguientes podrán ser tenidas en cuenta para
modificar su participación en el coste del servicio.
6. Una vez determinada la capacidad económica del beneficiario, su participación en el coste
del servicio será la que resulte por la aplicación del baremo que, a estos efectos, se apruebe
con carácter anual por el órgano competente en la materia.
ART. 15.- CAPACIDAD ECONOMICA PERSONAL.
La cuota tributaria estará constituida según se disponga en la Ordenanza del Servicio de Ayuda
a Domicilio aprobada por el Ayuntamiento.
TITULO V. RÉGIMEN DE INCOMPATIBILIDAD Y SUBROGRACIÓN
ART. 16.- Incompatibilidades y Subrogaciones.
La prestación del Servicio de Ayuda a Domicilio prescrita por los Servicios Sociales de Base del
Ayuntamiento de Valdeobispo será incompatible con las siguientes prestaciones y/o servicios:
A - Servicio de atención residencial.
B – Prestaciones económicas y/o servicios reconocidos al amparo de la Ley 39/2006, de 14 de
diciembre:
* Servicio de Ayuda a Domicilio prescrito en el PIA de la Ley de Dependencia.
* Prestación económica para cuidados en el entorno familiar y apoyo a cuidadores no
profesionales prescrito en el PIA de la Ley de Dependencia.
C - Ayuda a Domicilio prestada por otros organismos como ISFAS, MUFACE, etc.
D - Estar acogido en un centro de acción social o similar: centros de acogida, centros privados
en los que se contemplen servicios de atención socio sanitaria.
Entendiendo esta incompatibilidad cuando el solicitante, perciba el Servicio de Ayuda a
Domicilio prestado por el Ayuntamiento de Valdeobispo y otro servicio de los descritos
anteriormente.
Aquellas personas a quienes el Ayuntamiento hubiese reconocido alguno de los servicios a que
se refiere el presente reglamento y que con posterioridad fuesen declaradas dependientes al
amparo de la citada Ley 39/2006,de14 de diciembre, cesarán en el disfrute de los servicios
CVE:
BOP-2024-2668
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 17 de mayo de 2024
N.º 0094
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