Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Ladrillar. (BOP-2024-2545)
BOP-2024-2545 Ordenanza Municipal reguladora de la tenencia de animales de compañía y potencialmente peligrosos.
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Ayuntamiento de Ladrillar
venta, almacenamiento, transporte o manipulación de alimentos, espectáculos públicos,
piscinas y otros establecimientos o lugares análogos, así como su traslado en medios de
transporte públicos, estarán sometidos a la normativa sanitaria correspondiente.
Asimismo queda prohibida la entrada en locales y espectáculos públicos.
Los conductores de taxis podrán aceptar llevar animales de compañía en su
vehículo.
Los restaurantes, bares, tabernas y aquellos otros en los que se consuman
bebidas y comidas, podrán reservarse la admisión de animales de compañía. En caso de
no admisión deberán mostrar un distintivo que lo indique, visible desde el exterior del
establecimiento.2
Los veterinarios en ejercicio, los de la Administración pública y las clínicas,
consultorios y hospitales veterinarios deberán llevar un archivo con la ficha clínica de
cada animal objeto de vacunación, tratamiento sanitario obligatorio o sacrificio, en la
forma que reglamentariamente se determine, el cual estará a disposición del órgano de
la Comunidad Autónoma competente y de las autoridades locales sanitarias.
Los perros vagabundos, por no tener dueño conocido o por carecer de la debida
identificación, así como los que estando identificados vayan solos por la vía pública, serán
recogidos por los servicios municipales. La recogida será comunicada al propietario del
animal si fuere identificado. Los gastos de manutención correrán a cargo del propietario
del animal, independientemente de las sanciones pertinentes.
Todo sacrificio deberá hacerse bajo el control de un veterinario, de forma
humanitaria y asegurando que el método empleado implique el mínimo sufrimiento así
como la pérdida de conciencia inmediata, salvo en los casos de extrema necesidad o
fuerza mayor debidamente justificados.
El Ayuntamiento podrá confiscar los animales sobre los que existan indicios de
malos tratos o torturas, presenten síntomas de agresión física o de mala alimentación o
se encontraran en instalaciones inadecuadas. Asimismo, también podrá confiscar
animales que manifiesten síntomas de comportamiento agresivo o peligroso para las
personas, o perturbe de forma reiterada la tranquilidad y descanso de los vecinos.
Igualmente podrá tener lugar la confiscación de los animales en los casos en los que se
2 Todas estas prohibiciones, no serán de aplicación a los perros guía.
Ayuntamiento de Ladrillar
C/ Luis García Tafalla, s/n, Ladrillar. 10625 (Cáceres). Tfno. 927677330. Fax: 927677332
Cód.
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94XCJGFPKNHKRKX443C9KHC72
Verificación:
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Lunes, 13 de mayo de 2024
N.º 0090
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