Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Ladrillar. (BOP-2024-2545)
BOP-2024-2545 Ordenanza Municipal reguladora de la tenencia de animales de compañía y potencialmente peligrosos.
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Ayuntamiento de Ladrillar
o ferias autorizadas.
15.- La posesión, exhibición, compraventa, cesión, circulación o cualquier otra
forma de transmisión de especies protegidas por los convenios internacionales suscritos
por España, sin los correspondientes permisos de importación expedidos por las
autoridades designadas por el Gobierno de la Nación para el cumplimiento de lo expuesto
en los citados convenios.
16.- Inculcarles la realización de pautas de comportamiento y aptitudes ajenas e
impropias de su condición o que impliquen trato vejatorio.
17.- La cría comercial de cualquier especie de animal de compañía, así como
cualquier tipo de cría de animales cuya identificación individual sea obligatoria por la
normativa vigente, por criadores no inscritos en el Registro de Criadores de Animales de
Compañía.
18.- La comercialización de perros, gatos y hurones en tiendas de animales, así
como su exhibición y exposición al público con fines comerciales. Perros, gatos y hurones
solo podrán venderse desde criadores registrados.
19.- La comercialización, donación o entrega en adopción de animales no
identificados y registrados previamente a nombre del transmitente conforme a los
métodos de identificación aplicables según la normativa vigente.
ARTÍCULO 5. Normas Comunes para todos los Animales de
Compañía
Se permite la tenencia de animales de compañía en los domicilios particulares;
siempre y cuando la tenencia de estos animales no ocasione una situación de peligro o
incomodidad a los vecinos, a los ciudadanos o a los propios animales.
Se prohíbe la estancia de animales en patios de comunidad de viviendas, terrazas,
azoteas o espacios comunes de los inmuebles o en espacios abiertos a otras propiedades.
Los propietarios d los animales serán responsables de la suciedad derivada de las
deposiciones fecales de éstos, debiendo recoger los excrementos depositados en la vía
pública o en las zonas y elementos comunes de los inmuebles. Evitarán asimismo las
micciones en fachadas de edificios, sobre vehículos y/o en mobiliario urbano.
Queda prohibida la entrada de animales en locales destinados a la elaboración,
Ayuntamiento de Ladrillar
C/ Luis García Tafalla, s/n, Ladrillar. 10625 (Cáceres). Tfno. 927677330. Fax: 927677332
Cód.
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Verificación:
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Lunes, 13 de mayo de 2024
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