Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Zarza de Granadilla. (BOP-2024-2536)
BOP-2024-2536 Reglamento de régimen interno del Centro de Día.
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Tener a disposición de los usuarios las reglamentarias “hojas de reclamaciones”.
Cumplir con sus trabajadores las normas laborales, de seguridad social y de prevención
de riesgos laborales que sean de aplicación.
El adjudicatario suscribirá a favor del Ayuntamiento de Zarza de Granadilla una póliza
de Seguro a todo riesgo del edificio, sus instalaciones y bienes existentes. El contenido
de la Póliza no podrá modificarse sin el consentimiento del Ayuntamiento.
La empresa adjudicataria deberá abonar mensualmente al Ayuntamiento el coste
derivado de la facturación del suministro eléctrico cargado en la cuenta del
Ayuntamiento.
Permitir, en cualquier momento que la Alcaldía y el Servicio Extremeño de Autonomía y
Atención a la Dependencia de la Consejería de Sanidad y Dependencia de la Junta de
Extremadura, pueda inspeccionar el estado de conservación y verificar las condiciones
de explotación, en definitiva, el funcionamiento del Servicio.
La Dirección del Centro vendrá obligada a informar periódicamente a los/as usuarios/as
y al personal del Centro de las medidas sobre seguridad y Plan de Evacuación y
Emergencias, estando obligados, todos ellos, a seguir las instrucciones que se dicten
sobre el particular.
La Dirección del Centro no se hará responsable del daño, deterioro, pérdida,
sustracción o robo del dinero y objetos de valor que no le hayan sido entregados para
su custodia, por lo que no admitirá reclamaciones en este sentido.
Deberá prestar el servicio de acompañamiento a aquellos/as usuarios/as que por
razones ineludibles (consulta médica, hospitalización, gestiones con la Administración,
etc.) precisen el apoyo de una persona tanto para el desplazamiento como para la
estancia en el lugar que motiva la visita. En todo caso, en principio, ésta es una
responsabilidad de los familiares de los/as usuarios/as, por lo que el/la usuario/a deberá
abonar los gastos ocasionados por tal motivo.
El adjudicatario deberá conocer el Reglamento de Régimen Interno y cumplirlo
correctamente en lo que a él compete.
Tener el Libro de Registro de personas usuarias, diligenciado por la Consejería de
Sanidad y Dependencia.
Tener contratada una póliza de seguros de responsabilidad civil.
CAPÍTULO V. DE LOS DERECHOS DE LA ENTIDAD GESTORA
Artículo 15.- Derechos de la Entidad Gestora.
Recaudar las tasas establecidas en la correspondiente Ordenanza Fiscal reguladora,
creada al efecto.
CVE:
BOP-2024-2536
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 10 de mayo de 2024
N.º 0089
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