Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Zarza de Granadilla. (BOP-2024-2536)
BOP-2024-2536 Reglamento de régimen interno del Centro de Día.
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Exigir el máximo cuidado para con las instalaciones y el equipamiento del Centro.
Mantener el equilibrio económico-financiero del servicio de conformidad con las reglas
contenidas en la legislación vigente que sea de aplicación.
A recibir un trato correcto y adecuado por parte de los/as usuarios/as.
Hacer cumplir y respetar todas las obligaciones de los usuarios con arreglo a lo
establecido en el presente Reglamento de Régimen Interno.
A dictar cuantas instrucciones y órdenes internas se estimen oportunas para mejorar el
buen funcionamiento del Centro de Día.
TÍTULO II. DE LOS ÓRGANOS DE GESTIÓN
CAPÍTULO I. SISTEMA DE PARTICIPACIÓN DE LOS/AS USUARIOS/AS EN LOS ÓRGANOS
DE GESTIÓN.
Artículo 16.- El sistema de participación de los/as usuarios/as en los órganos de gestión se
canaliza mediante la asamblea General.
La Asamblea General se constituye por los/as usuarios/as del Centro y por los/as
trabajadores/as del mismo, estos últimos con voz pero sin voto, que tendrá un presidente/a, un
vicepresidente/a y un secretario/a.
La Asamblea General se reunirá en sesión ordinaria una vez trimestralmente y, en sesión
extraordinaria, cuantas veces sean necesarias o se solicite a petición del 25% de los/as
usuarios/as.
Artículo 17.- La convocatoria de la Asamblea se realizará por el Presidente/a de la misma o por
el Director/a del Centro, con una antelación mínima de siete días. Para las asambleas
extraordinarias, bastará con 24 horas de antelación Se hará pública en el tablón de anuncios,
haciéndose constar su carácter, la hora y el orden del día.
La Asamblea quedará formalmente constituida por la presencia de al menos el 10% de los/as
usuarios/as en primera convocatoria y, en segunda, que necesariamente se realizará media
hora después, cualquiera que sea el número de asistentes.
Artículo 18.- Una vez reunida, se efectuará la oportuna elección del/la Presidente/a, del
Vicepresidente/a y del Secretario/a de la Asamblea General por el procedimiento de mano
alzada, previa presentación de candidatos/as, a cada cargo. La duración del mandato será de
dos años, o hasta que cause baja en el Centro alguno de sus miembros.
CVE:
BOP-2024-2536
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 10 de mayo de 2024
N.º 0089
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