Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Zarza de Granadilla. (BOP-2024-2536)
BOP-2024-2536 Reglamento de régimen interno del Centro de Día.
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e) Guardar las normas básicas de convivencia y respeto mutuo del Centro y otros lugares
relacionados con sus actividades.
f) Mantener un comportamiento correcto en su relación con los usuarios y trabajadores del
Centro.
g) Guardar las normas básicas de higiene, aseo y vestido personales, así como con las
dependencias del Centro.
h) Comunicar al responsable del Centro las ausencias superiores a veinticuatro horas y, en
general, cualquier situación desfavorable en la que se pueda encontrar cualquier usuario/a.
i) Acatar y cumplir las instrucciones del Director/a y del personal técnico/a del establecimiento.
j) Firmar el documento que acredite su compromiso a efectos de cumplir las normas
establecidas, en el momento de efectuar en el ingreso en el Centro.
CAPÍTULO IV. DE LOS DEBERES DE LA ENTIDAD GESTORA.
Artículo 14.- Obligaciones que el Ayuntamiento tiene para con los usuarios a través de la
empresa gestora son:
Prestar el servicio con la continuidad convenida y garantizar a los particulares el
derecho a utilizarlo en las condiciones que hayan sido establecidas y mediante el
abono, en su caso, de la contraprestación económica comprendida en las tarifas
aprobadas.
Cuidar del buen orden del servicio.
Indemnizar los daños que se causen a terceros como consecuencia de las operaciones
que requiera el desarrollo del servicio, excepto cuando el daño sea producido por
causas imputables a la Administración.
Respetar el principio de no discriminación por razón de nacionalidad, respecto de las
empresas de Estados miembros de la Comunidad Europea o signatarios del Acuerdo
sobre Contratación Pública de la Organización Mundial del Comercio, en los contratos
de suministro consecuencia de este contrato de gestión de servicios públicos.
Mantener en buen estado de conservación las instalaciones, mobiliario y maquinaria
propiedad del Ayuntamiento afectos a los servicios objeto de la concesión y asumir en el
caso que sea necesario la reparación, mantenimiento o reposición de cualquiera de
estos elementos propiedad del Ayuntamiento.
Prestar el servicio de forma directa y con sus propios medios, con prohibición expresa
de cederlo o subcontratarlo, salvo autorización expresa del Ayuntamiento.
CVE:
BOP-2024-2536
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 10 de mayo de 2024
N.º 0089
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