Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Hervás. (BOP-2024-2524)
BOP-2024-2524 Modificación de los Estatutos del Organismo Autónomo Residencia de Mayores.
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ARTÍCULO 19. La Junta Rectora se reunirá como mínimo la tercera semana de todos los
meses pares del calendario en sesión ordinaria, aparte de cuando se trate de aprobar los
presupuestos de actuación del Patronato para el año entrante y la Memoria del año saliente.
Además se reunirá, siempre que lo acuerde el/a Presidente/a o cuando lo soliciten por escrito
la tercera parte de sus miembros. Las citaciones, que serán por escrito, deberán efectuarse
con una antelación mínima de 48 horas, y a ellas se unirá el Orden del Día. La Junta se
considerará legítimamente constituida cuando se encuentren presentes la mayoría de sus
miembros. Para que sus acuerdos se consideren válidos, habrán de estar presentes la mayoría
de sus miembros y, en todo caso, el/a Presidente/a y el/a Secretario/a o quienes legalmente les
sustituyan sin cuya presencia no se podrá celebrar la reunión o sesión de la Junta Rectora.
ARTÍCULO 20. Los acuerdos de la Junta Rectora se adoptarán por la mayoría de votos y en
ningún caso se dirimirá el mismo con el voto de calidad del/a Presidente/a.
ARTÍCULO 21. Contra los acuerdos de la Junta Rectora podrá interponerse recurso ordinario
ante la Corporación Municipal en el plazo de un mes, y los que ésta adopte a efecto serán
recurribles ante los Tribunales competentes.
ARTÍCULO 22. CONSEJO ASESOR.
La Junta Rectora podrá designar un Consejo Asesor, del que formarán parte:
a) El/a Presidente/a del Patronato, que actuará como tal.
b) La Directora-Gerente del Patronato.
c) Un/a representante de cada uno de los sectores sociales afectados por el Patronato.
d) Un/a representante de Enfermería, y otro/a representante del resto del personal del
Patronato.
e) Dos representantes de Residentes del Centro.
f) Un/a representante de Usuarios/as de Centro de Día del Centro.
g) Actuará de Secretario/a un/a miembro elegido/a de entre sus componentes.
ARTÍCULO 23. Corresponde al Consejo Asesor.
a) Asesorar a la Junta Rectora sobre las inversiones y actividades del Centro.
b) Proponer proyectos de actuación a la Junta Rectora.
CVE:
BOP-2024-2524
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Viernes, 10 de mayo de 2024
N.º 0089
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