Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Hervás. (BOP-2024-2524)
BOP-2024-2524 Modificación de los Estatutos del Organismo Autónomo Residencia de Mayores.
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CAPÍTULO IV.
PERSONAL.
ARTÍCULO 24. El Patronato Residencia de Mayores pondrá a disposición del Centro el
personal necesario, cuyo número, categoría y funciones se determinarán en las plantillas por la
Junta Rectora, debiéndose aprobar por la Corporación. Los sueldos y demás emolumentos se
reflejarán en el Presupuesto del Patronato.
ARTÍCULO 25. Las funciones del personal no especificadas en el Presente Estatuto quedarán
definidas en el Reglamento de Régimen Interno, que será propuesto por el Equipo Técnico y
presentado por la Junta Rectora al Pleno de la Corporación para la aprobación definitiva.
ARTÍCULO 26. Funciones de la Directora-Gerente.
A continuación se relacionan las funciones generales y mínimas que debe alcanzar la Directora
de la Residencia de Mayores de Hervás, entendiendo que muchas de las funciones
relacionadas pueden ser compartidas con la Supervisión del Centro.
1) Funciones en relación con la organización del centro
- Planificación, dirección y supervisión de todos los servicios y actividades de la
residencia.
- Elaboración de objetivos de trabajo concretos a partir de la planificación general
establecida, determinando protocolos, calendarios, responsables y un correcto
seguimiento.
- Coordinación de las diferentes áreas de atención de la residencia.
- Información de la gestión económica y financiera de la residencia a la Junta Rectora
del Patronato.
- Valoración anual del grado de calidad de los servicios y del grado de satisfacción de
los/as usuarios/as.
- Actualización de la documentación oficial del centro y de la información
correspondiente a los/as usuarios/as, cuidando del cumplimiento de los requisitos
legales establecidos.
- Coordinación de la atención de los/as usuarios/as que se tengan que realizar en
CVE:
BOP-2024-2524
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 10 de mayo de 2024
N.º 0089
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