Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Valdemorales. (BOP-2024-2459)
BOP-2024-2459 Aprobación definitiva de Ordenanza Fiscal reguladora de la Tasa por Ocupación del Suelo, Vuelo y Subsuelo de la Vía Pública.
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ARTÍCULO 4. Responsables.
Responderán de la deuda tributaria los/as deudores/as principales junto a otras personas o
Entidades. A estos efectos se considerarán deudores/as principales los/as obligados/as
tributarios/as del apartado 2 del artículo 35 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General
Tributaria.
Salvo precepto legal expreso en contrario, la responsabilidad será siempre subsidiaria.
Responderán solidariamente de las obligaciones tributarias del/a sujeto pasivo las personas
físicas y jurídicas a que se refiere el artículo 42 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General
Tributaria.
Con relación a la responsabilidad solidaria y subsidiaria de la deuda tributaria, se estará a lo
establecido en los artículos 42 y 43, respectivamente, de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre,
General Tributaria.
ARTÍCULO 5. Cuota Tributaria.
De conformidad con lo dispuesto en el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas
Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo las cuantías a aplicar
serán las siguientes:
1. Tasa por ocupación de terrenos de uso público con: materiales de construcción, escombros,
vallas, andamios, etc., así como materiales de cualquier otro tipo o por entrada de vehículos a
través de aceras y reservas de vía pública parada de vehículos, carga y descarga de
mercancías de cualquier clase.
El valor de mercado se obtendrá de aplicar:
- Precio medio por m² del dominio público a ocupar. 6,86 €/m2.
Cuota tributaria básica = 6,86 x nº de m2.
- Coeficiente según la intensidad del aprovechamiento (sólo en caso de corte de calle) =
50%.
La cuota tributaria será el resultado de aplicar al precio medio los anteriores parámetros:
Cuota tributaria básica x 50%.
- Coeficiente según la duración del aprovechamiento (a partir de seis meses de
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BOP-2024-2459
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Martes, 7 de mayo de 2024
N.º 0086
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