Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Valdemorales. (BOP-2024-2459)
BOP-2024-2459 Aprobación definitiva de Ordenanza Fiscal reguladora de la Tasa por Ocupación del Suelo, Vuelo y Subsuelo de la Vía Pública.
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DISPOSICIÓN FINAL.
ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR OCUPACIÓN DEL SUELO, VUELO
Y SUBSUELO DE LA VÍA PÚBLICA.
ARTÍCULO 1. Fundamento y Objeto.
Esta Entidad Local en uso de las facultades contenidas en los artículos 133.2 y 142 de la
Constitución, por el artículo 106 de la Ley 7/1985, de 2 de Abril, Reguladora de las Bases de
Régimen Local, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 20.3.e) g) j) y l) en relación
con los artículos 15 a 19 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales,
aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, este Ayuntamiento establece
la Tasa por ocupación del suelo, vuelo y subsuelo de la vía pública, que se regulará por la
presente Ordenanza fiscal, cuyas normas atienden a lo previsto en el artículo 57 del Texto
Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto
Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.
ARTÍCULO 2. Hecho Imponible.
Constituye el hecho imponible de esta tasa la utilización privativa o aprovechamiento especial
del suelo, vuelo o subsuelo de la vía pública u otros terrenos de carácter público local del
Municipio.
ARTÍCULO 3. Sujetos Pasivos.
Son sujetos pasivos de la tasa todas las personas físicas y jurídicas así como las Entidades a
que se refiere el artículo 35.4 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria a cuyo
favor se otorguen las autorizaciones o a quienes beneficien, si no se procedió a la oportuna
autorización. Es decir:
- Los/as titulares de licencias o concesiones municipales y aquellos en cuyo beneficio
redunde el aprovechamiento o utilización privativa del dominio público local.
- Los/as que, sin licencia o concesión, realicen alguno de los aprovechamientos incluidos
en esta Ordenanza.
- Los/as que, habiendo cesado en el aprovechamiento, no presenten a la Entidad local la
baja correspondiente.
CVE:
BOP-2024-2459
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 7 de mayo de 2024
N.º 0086
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