Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Madrigalejo. (BOP-2024-2374)
BOP-2024-2374 Aprobación definitiva Ordenanzas.
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a) Cuando la suspensión del servicio o actividad se produzca por causas imputables al
Ayuntamiento, el 100 % durante el tiempo de cese del servicio.
b) Cuando se acredite que no se ha hecho uso de las instalaciones o prestado el servicio
debido a traslado, accidente o enfermedad, la diferencia entre lo abonado en relación con la
fecha de término, computada porcentualmente.
2. Las devoluciones se instarán por los/as interesados/as, adjuntando los documentos
acreditativos que sean precisos.
Artículo 14. Nuevas instalaciones y servicios deportivos.
Para aquellas instalaciones, servicios o actividades, sean o no de carácter deportivo, de
gestión directa o indirecta, no relacionadas en el presente documento que pudieran
incorporarse durante su vigencia, el precio público se establecerá por analogía, previa
tramitación del expediente administrativo conforme a la normativa legal vigente, por resolución
de la Alcaldía.
Artículo 15. Normas generales de gestión sobre el uso de espacios deportivos y la participación
en actividades deportivas
1.- A las instalaciones deportivas municipales se accede únicamente como usuario individual o
como grupo organizado, siempre según las indicaciones de los horarios elaborados para cada
instalación por los servicios deportivos municipales.
2.- El número de personas que pueden utilizar simultáneamente una instalación esta limitado
en cualquier caso al aforo de las instalaciones. El personal responsable de las mismas está
facultado para determinar este número máximo, impedir la entrada e incluso desalojar a los/as
usuarios/as que considere necesario.
3.- Los/as usuarios/as sólo podrán utilizar el espacio deportivo que hayan solicitado
previamente y que figure en el horario de la instalación.
4.- El deterioro que se produzca tanto en las instalaciones como en el material deportivo
utilizado, ocasionado por un uso incorrecto de ambos, dará lugar, previo informe del servicio
municipal de deportes, al reembolso del importe de los desperfectos, con cargo a la persona o
entidad responsable, según los precios de mercado.
CVE:
BOP-2024-2374
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 3 de mayo de 2024
N.º 0084
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