Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Herreruela. (BOP-2024-2296)
BOP-2024-2296 Aprobación definitiva de la Ordenanza reguladora del servicio de Escuela Municipal de Educación Infantil.
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AYUNTAMIENTO DE HERRERUELA
•Navidad
•Pascua
•Verano (mes de agosto)
En función de las necesidades acreditadas en cada momento y demás circunstancias
de interés, podrá ampliarse el horario de entrada/salida, a propuesta de la Dirección
del Centro y estudio-valoración del Ayuntamiento.
TÍTULO III. PROCESO DE ADMISIÓN Y MATRICULACIÓN
ARTÍCULO 11. Admisión y oferta de plazas.
Para cada curso escolar, por Resolución del órgano municipal competente se aprobará
la convocatoria de admisión, apertura del plazo de matrícula ordinario o
extraordinario, con indicación del número de plazas vacantes y las instrucciones
específicas para el cálculo de cuotas correspondientes, así como para la ordenación
del procedimiento de matrícula y de la documentación a presentar.
La convocatoria de admisión, apertura del plazo de matrícula y la oferta de plazas
vacantes se publicará en la página web del Ayuntamiento y en la Escuela Infantil
Municipal, así como en la sede electrónica del Ayuntamiento.
En ningún caso habrá discriminación por razón de nacimiento, raza, sexo, religión,
opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social.
ARTÍCULO 12. Requisitos y condiciones.
Podrán solicitar plaza para los/las menores cuyas edades correspondan a los niveles
de primer ciclo de Educación Infantil, los padres, madres, tutores/as o representantes
legales residentes o empadronados/ o ambos] en el municipio, así como en pueblos
próximos a Herreruela.
Podrá solicitarse plaza para niños/as en trámites de adopción o acogimiento
condicionada a la presentación de la filiación en el momento de formalizar la
matrícula.
ARTÍCULO 13. Solicitudes de ingreso.
1.Las solicitudes de ingreso estarán a disposición de los interesados/as en la Escuela
Infantil Municipal y en el Ayuntamiento de Herreruela.
La solicitud presentada deberá ir acompañada de la siguiente documentación:
—Acreditación de la identidad de los padres o representante legal.
—Original y fotocopia del Libro de Familia donde conste la filiación del niño/a.
—Certificado de Empadronamiento de la unidad familiar.
—Dos fotografías del niño/a tamaño carné.
—Original y Fotocopia del carné de vacunación o certificado equivalente.
—Firma de la aceptación de esta ordenanza.
El listado de excluidos/as será publicado junto con las listas provisionales de
admitidos/as en la Escuela Infantil y en el Ayuntamiento, así como en la sede
electrónica del Ayuntamiento.
Cód.
Validación:
4C9DMDZ54X6J3PPYYT4HHD2E6
Verificación:
https://herreruela.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
Gestiona
|
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de
10
CVE:
BOP-2024-2296
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 30 de abril de 2024
N.º 0082
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