Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Herreruela. (BOP-2024-2296)
BOP-2024-2296 Aprobación definitiva de la Ordenanza reguladora del servicio de Escuela Municipal de Educación Infantil.
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AYUNTAMIENTO DE HERRERUELA
emancipadora, incluye el conjunto de diversidades como un valor esencial de la
misma.
Esta Corporación pone en marcha dicha apuesta regulando la prestación del servicio
de Escuelas Infantiles Municipales (primer ciclo) basándose en la competencia que le
otorga el artículo 25.2 n) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del
Régimen Local.
Todo ello viene a justificar la adecuación de la norma a los principios de buena
regulación previstos en el artículo 129.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, cumpliendo
con ello la obligación de las Administraciones Públicas de actuar de acuerdo con los
principios de necesidad, eficacia, proporcionalidad, seguridad jurídica, transparencia, y
eficiencia.
TÍTULO I. DISPOSICIONES GENERALES
ARTÍCULO 1. Objeto y ámbito de aplicación.
El objeto de la presente Ordenanza es la determinación del régimen jurídico básico del
servicio, siendo aplicable a la Escuela Infantil del Municipio que imparten el primer
ciclo de Educación Infantil dirigido a las niñas y niños hasta los tres años de edad.
ARTÍCULO 2. Régimen Legal.
La Escuela Infantil del municipio se regirán por los establecido en la presente
Ordenanza, por el resto de normas de este Ayuntamiento y por la normativa legal
general aplicable, disponiendo de autonomía pedagógica, de organización y de gestión
en el marco de la legislación vigente y en los términos recogidos en la Ley Orgánica
2/2006, de 3 de mayo, de Educación y el Decreto 91/2008, de 9 de mayo, por el que
se establecen los requisitos de los centros que imparten el primer ciclo de la
Educación Infantil en la Comunidad Autónoma de Extremadura, así como sus normas
de desarrollo.
ARTÍCULO 3. Tipo de Gestión.
Las Escuela Infantil Municipal de la localidad son gestionadas por este Ayuntamiento
estando sujetas a la normativa municipal para los servicios de gestión directa, la
estructura orgánica, los criterios y procedimientos generales de programación,
organización, dirección y coordinación de dicho servicio y del área municipal
correspondiente.
ARTÍCULO 4. Principios rectores.
La Escuela Infantil de este Municipio en el desarrollo de sus actuaciones educativas,
actuarán de acuerdo con los siguientes principios rectores:
—Interés superior de la niña y el niño.
—Protección a la infancia.003615
—Coeducación.
—Inclusión, entendido como respeto a la diversidad.
—Integración de todas las niñas y niños y sus familias en las Escuelas Infantiles.
—Participación de las familias en el proceso educativo.
—Cooperación con otras Administraciones, entidades y tejido asociativo.
—Innovación en los proyectos educativos que se desarrollan en las Escuelas Infantiles.
Cód.
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4C9DMDZ54X6J3PPYYT4HHD2E6
Verificación:
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Martes, 30 de abril de 2024
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