Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cáceres. (BOP-2024-2264)
BOP-2024-2264 Bases Reguladoras de la Convocatoria Pública de Subvenciones destinadas a las Asociaciones de Vecinos/as en la Ciudad de Cáceres para el año 2024.
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4.1.- Una memoria de actuaciones justificativa (anexo VIII) del cumplimiento de las
condiciones impuestas en la concesión de la subvención, con indicación de las actividades realizadas
y de los resultados obtenidos. La memoria deberá contener:
- Relación de actividades realizadas con cargo a la subvención precisando en cada una el
nº de personas que han participado , la fecha de realización y breve descripción de la
actividad
- Copia de la cartelería, vídeos, fotos, cd, folletos y similares utilizados para la difusión
de la actividad o generados con la financiación del proyecto donde figure la colaboración
del Exmo. Ayuntamiento de Cáceres
- Documentación complementaria tales como reportaje fotográfico u otros documentos
que acrediten la realización de la actividad.
4.2.- Una relación clasificada de los gastos de la actividad, con identificación del acreedor y
del documento, su importe, fecha de emisión, fecha de pago y relación de cada gasto con la
actividad subvencionada, factura (con todos los datos fiscales), copia de las pólizas de seguro,
resumen de extractos bancarios en caso de no poder acreditar adeudo domiciliario, transferencias
y/o pagos al contado)
4.3.- Un detalle de otros ingresos o subvenciones que hayan financiado la actividad
subvencionada con indicación del importe y su procedencia.
4.4.- En su caso, carta de pago de reintegro en el supuesto de remanentes no aplicados así
como de los intereses derivados de los mismos.
4.5.- Justificantes de gasto. La documentación a presentar para la justificación de cada uno
de los gastos será la que se relaciona a continuación:
a) Gastos de suministros y servicios. Con carácter general los gastos se justificarán mediante la
presentación de Facturas (emitidas con todos los requisitos legales, sin tachaduras ni enmiendas). No
serán válidos como justificantes, en ningún caso, tickets de cajas, albaranes, presupuestos, nota de
entrega, etc.
En relación a la justificación de los pagos de los gastos realizados, se establece el siguiente
régimen de justificación:
- Si la forma de pago es una transferencia bancaria, ésta se justificará mediante copia del
resguardo del cargo de la misma, debiendo figurar en el concepto de transferencia el
número de factura o, en defecto de ésta, el concepto de abonado y el cargo en cuenta
bancaria.
- Si la forma de pago es el cheque, el documento justificativo consistirá en:
 Un recibí, firmado y sellado por el proveedor, en el que debe especificarse la
factura o documentación justificativa del gasto a que corresponde el pago y su
fecha, el número y la fecha del cheque y debajo de la firma debe aparecer el
nombre y número del NIF de la persona que firma.
CVE:
BOP-2024-2264
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 29 de abril de 2024
N.º 0081
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