Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Plasencia. (BOP-2024-2245)
BOP-2024-2245 Bases y Convocatoria para la contratación de Cuatro Socorristas para la Piscina Municipal, como personal laboral temporal (temporada de baños-verano 2024).
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NEGOCIADO DE
PERSONAL
SEGUNDA.- REQUISITOS DE LOS ASPIRANTES
Para tomar parte en estas pruebas, será necesario que los/as aspirantes reúnan en la
fecha de terminación del plazo de presentación de solicitudes los siguientes requisitos:
a) Tener la nacionalidad española sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 57
del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, de la Ley del Estatuto
Básico del Empleado Público.
b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
c) Tener cumplidos dieciséis años de edad y no exceder, en su caso, de la edad
máxima de jubilación forzosa, para el acceso al empleo público.
d) Estar en posesión del título Educación Secundaria Obligatoria o equivalente.
En caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, deberá estar en posesión de
la credencial que acredite su homologación.
e) Estar en posesión del Título o Certificado de Profesionalidad de Socorrista en
instalaciones acuáticas expedido por la Federación Española de Salvamento
y Socorrismo o Federaciones Territoriales de Salvamento y Socorrismo, Cruz
Roja Española o cualquier otro ente público con homologación reconocida por
un Organismo público.
f) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de
cualquiera de las administraciones públicas o de los órganos constitucionales o
estatutarios de las comunidades autónomas, ni hallarse en inhabilitación
absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial,
para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones
similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que
hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro
estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido
sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su estado, en los
mismos términos el acceso al empleo público.
g) No haber sido condenado por sentencia firme por algún delito contra la libertad
e indemnidad sexual, así como por trata de seres humanos, de acuerdo con la
Ley 26/2015, de 28 de julio, de modificación del Sistema de Protección a la
Infancia y a la
h) Adolescencia. En este sentido deberá estar en posesión del certificado de
delitos de naturaleza sexual, en cumplimiento de lo dispuesto en la Ley
Orgánica 1/1996, de Protección Jurídica del Menor, modificada por la Ley
26/2015 y la Ley 45/2015. Este requisito deberá acreditarse a la fecha de la
firma del contrato de trabajo.
CVE:
BOP-2024-2245
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 26 de abril de 2024
N.º 0080
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