Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Guadalupe. (BOP-2024-2119)
BOP-2024-2119 Bases suministros mínimos vitales 2024.
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al 65% de discapacidad.
✓ Las becas y ayudas de estudio concedidas por cualquiera de las
Administraciones Públicas.
✓ Las ayudas individualizadas de transporte y/o comedor escolar en la Comunidad
Autónoma de Extremadura y las ayudas públicas para suplir gastos de
transporte, alojamiento y manutención, que se obtengan por la asistencia a
acciones de formación ocupacional.
Están excluidos/as de las presentes ayudas quienes:
a. Residan en centros que pertenezcan a instituciones o entidades que estén obligadas
a atender las necesidades básicas de subsistencia de sus residentes o estén
ingresados/as con carácter permanente en un centro residencial o de carácter
social, sanitario, socio sanitario, ya sea público, concertado o privado.
b. Convivan temporalmente en el mismo domicilio por razones de estudios.
c. Quienes estén conectados/as fraudulentamente a la red.
d. No haber reintegrado las cuantías indebidamente abonadas, por causa imputable
a los/as beneficiarios/as, de una ayuda para suministros mínimos vitales concedida
en los dos años anteriores, a contar desde la fecha de su concesión.
Todos los requisitos deberán concurrir en el momento de presentación de la solicitud de
la ayuda y durante la percepción de la ayuda.
La concesión de la ayuda para suministros mínimos vitales será compatible con la
percepción de otras prestaciones, subvenciones o ayudas públicas o privadas que tengan
la misma finalidad, siempre que el importe total abonado, individualmente o en
concurrencia con otras prestaciones, subvenciones o ayudas, no supere el gasto
facturado.
Se entenderá como persona beneficiaria de la ayuda a todos/as los/as miembros de
la unidad de convivencia, si bien solo, podrá ser reconocida a favor de la persona
solicitante miembro de dicha unidad.
Se entiende por vivienda habitual aquella que constituya la residencia de la unidad de
convivencia y sea coincidente con el domicilio al que se refiere la facturación del
suministro, independientemente del título en virtud del cual se habite la misma, siempre
que quede acreditada la legalidad de dicho título.
SÉPTIMA. PROCEDIMIENTO PARA LA CONCESION DE LAS AYUDAS ECONÓMICAS.
El procedimiento para la concesión de las ayudas reguladas en esta convocatoria se
iniciará mediante solicitud acompañada de la documentación exigida, permaneciendo
abierto el plazo de solicitud conforme se establece en la norma cuarta de esta
convocatoria. Todas las solicitudes de ayudas presentadas en ese plazo, que reúnan los
requisitos establecidos serán resueltas favorablemente con la única limitación de la
disponibilidad presupuestaria.
Presentadas las solicitudes, se remitirán a los Servicios Sociales correspondientes, quienes
comprobarán la solicitud y documentación presentada, así como el cumplimiento de los
requisitos específicos. Posteriormente se emitirá Informe- Propuesta de Resolución de
ayudas, en base al cual, se formulará Propuesta de Resolución de Concesión de ayudas.
La Resolución de concesión se dictará por la Alcaldía u órgano en el que delegue, que
CVE:
BOP-2024-2119
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 22 de abril de 2024
N.º 0077
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