Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Navalmoral de la Mata. (BOP-2024-2091)
BOP-2024-2091 Bases provisión de una Plaza Inspector/a de Rentas y Exacción.
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Ayuntamiento de Navalmoral de la Mata
Copia de dicha resolución se expondrá al público en el tablón de anuncios y página web
municipal, en el mismo día en que se remita al B.O.P. para su publicación.
4.5. Contra las resoluciones a que se refiere la presente base, así como contra aquellas
otras que resuelvan la subsanación de defectos u omisión de inclusión, podrá interponerse
recurso contencioso-administrativo conforme a la Ley Reguladora de dicha Jurisdicción.
4.6. En todo caso, a fin de evitar errores y, en el supuesto de producirse, posibilitar su
subsanación en tiempo y forma, los aspirantes comprobarán no solo que no figuran en la
relación de excluidos objeto de publicación en el B.O.P., sino también que sus nombres
constan en la correspondiente relación de admitidos expuesta al público en el tablón de
anuncios.
4.7. En la resolución aprobatoria de las listas definitivas se determinará la composición del
Tribunal Calificador.
La publicación de la resolución aprobatoria de las listas definitivas en el B.O.P. de
Cáceres será determinante de los plazos a efectos de posibles impugnaciones o recursos.
Quinta. Tribunal Calificador.
5.1. El Tribunal Calificador estará constituido de la siguiente forma:
- Un Presidente/a: Funcionario/a de carrera o laboral fijo de igual o mayor grupo de
clasificación profesional.
- Cuatro Vocales: Cuatro funcionarios/as de carrera o laborales fijos de igual o mayor
grupo de clasificación profesional, uno de los cuales será un representante de la Junta
de Extremadura.
- Un Secretario/a: Que será funcionario/a de carrera, que actuará solo con voz, pero sin
voto, su labor se ceñirá a dar fe pública.
Se deberá asignar igual número de suplentes. En la designación de sus miembros
deberán respetarse los principios de imparcialidad y de profesionalidad, y se tenderá a la
paridad entre hombres y mujeres, si fuera posible.
5.2. Todos los miembros del Tribunal, tanto titulares como suplentes, habrán de ser
funcionarios de carrera o laborales fijos y poseer un nivel de titulación igual o superior al
requerido para el acceso al grupo correspondiente a la plaza convocada.
5.3. Exceptuando la confección de las pruebas técnicas, a las deliberaciones del Tribunal
Calificador puede asistir como observador un representante por cada organización sindical
con representación en la Mesa General de Negociación de Empleados Públicos del
Ayuntamiento de Navalmoral de la Mata, así como de los Grupos Políticos que conforman
la Corporación municipal.
5.4. Los miembros del Tribunal están sujetos a los supuestos de abstención y recusación
previstos en los artículos 23 y 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico
del Sector Público, no pudiendo ser nombrados miembros, colaboradores o asesores del
Tribunal quienes hubieren realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas
selectivas para acceso a la función pública en los últimos cinco años.
Plaza de España, 1 ■ Teléfonos: 927 53 01 00 – 927 53 01 04 – 927 53 08 04 ■ Fax: 927 53 53 60 ■ 10300 NAVALMORAL DE LA MATA ( Cáceres)
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Viernes, 19 de abril de 2024
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