Sección I - Administración Local. Entidades Locales Menores. Ayuntamiento de San Gil (E.L.M.). (BOP-2024-2067)
BOP-2024-2067 Bases reguladoras de ayudas para suministros mínimos vitales 2024.
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vigente. En caso de personas transeúntes, deberá aportarse certificado de la dirección del
centro en que resida o esté siendo atendida de manera habitual acreditativo de la fecha de
ingreso, así como si convive o no con algún familiar, indicando el parentesco.
b) Copia/s del/os libro/s de familia, certificación del Registro Civil o documentos equivalentes de
su país de procedencia acreditativos del parentesco. En caso de emancipación judicial o por
concesión de quienes ejerzan la patria potestad, deberá aportar la resolución judicial, la
escritura pública o la inscripción en el Registro Civil de la emancipación.
c) En caso de nulidad, separación o divorcio, deberá aportarse copia de la sentencia o de las
medidas provisionales acordadas y del convenio regulador. En el caso de una relación no
matrimonial previa en la que hubiera habido descendencia, deberá aportarse resolución judicial
o escritura pública reguladora de las relaciones paternofiliales relativas a los hijos/as menores
de edad. En el caso de modificación de la pensión alimenticia cuando no hubiera habido
vínculo matrimonial, deberá aportarse copia de la sentencia de modificación de las medidas
fijadas en la previa resolución judicial o en la escritura pública.
d) Copia de la declaración sobre el Impuesto de la Renta de las Personas Físicas o certificado
de imputaciones en caso de no tener obligación de realizarla, del último ejercicio de la persona
solicitante y del resto de personas integrantes de la unidad familiar.
e) En caso de que figuren períodos de alta como trabajador/a por cuenta propia, se presentará
copia de los modelos 130 o 131, según el sistema de pagos trimestrales mediante estimación
directa o estimación objetiva, al que se hallaren acogidos/as.
f) En caso de incapacidad temporal abonada por entidad colaboradora o Mutuas de Accidentes
de Trabajo y Enfermedades Profesionales, se aportará certificación emitida por dicha entidad
acreditativa del período y del importe a abonar por el concepto correspondiente.
h) En caso de incremento del patrimonio por venta de bienes patrimoniales o por la recepción
de herencia, deberá aportarse copia del documento notarial que acredite dicho acto. Si el
incremento se debiera a la venta o liquidación de activos financieros, se aportará certificación
emitida por la entidad financiera responsable del abono.
i) Informe de vida laboral de las personas integrantes de la unidad familiar mayores de 16 años
expedido por la Tesorería General de la Seguridad Social.
j) Certificado integrado de pensiones y prestaciones de todas las personas integrantes de la
unidad familiar emitido por el Instituto Nacional de la Seguridad Social.
CVE:
BOP-2024-2067
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 18 de abril de 2024
N.º 0075
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