Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Logrosán. (BOP-2024-1844)
BOP-2024-1844 Plan Antifraude 2024.
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día siguiente a su nombramiento. Si la participación se adquiriera por sucesión
hereditaria u otro título gratuito durante el ejercicio del cargo, la enajenación o
cesión tendría que producirse en el plazo de tres meses desde su adquisición.
Dicha enajenación o cesión, así como la identificación del tercero
independiente, será declarada a los Registros de Actividades y de Bienes y
Derechos Patrimoniales y deberá contar con el informe favorable previo de la
Oficina de Conflictos de Intereses.
Artículo 15. Limitaciones al ejercicio de actividades privadas con posterioridad
al cese. 1. Los altos cargos, durante los dos años siguientes a la fecha de su
cese, no podrán prestar servicios en entidades privadas que hayan resultado
afectadas por decisiones en las que hayan participado. La prohibición se
extiende tanto a las entidades privadas afectadas como a las que pertenezcan al
mismo grupo societario.
2. Quienes sean alto cargo por razón de ser miembros o titulares de un órgano u
organismo regulador o de supervisión, durante los dos años siguientes a su cese,
no podrán prestar servicios en entidades privadas que hayan estado sujetas a su
supervisión o regulación. A estos efectos, se entenderán en todo caso incluidos
los altos cargos de la Comisión Nacional del Mercado de Valores, la Comisión
Nacional de los Mercados y de la Competencia y el Consejo de Seguridad
Nuclear.
3. Se entiende que un alto cargo participa en la adopción de una decisión que
afecta a una entidad:
a) Cuando el alto cargo, en el ejercicio de sus propias competencias o funciones
o su superior a propuesta de él o los titulares de sus órganos dependientes, por
delegación o sustitución, suscriba un informe preceptivo, una resolución
administrativa o un acto equivalente sometido al Derecho Privado en relación
con la empresa o entidad de que se trate.
b) Cuando hubiera intervenido, mediante su voto o la presentación de la
propuesta correspondiente, en sesiones de órganos colegiados en las que se
hubiera adoptado la decisión en relación con la empresa o entidad. 4. Los altos
cargos, regulados por esta ley, que con anterioridad a ocupar dichos puestos
públicos hubieran ejercido su actividad profesional en empresas privadas a las
Cód.
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Miércoles, 10 de abril de 2024
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