Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Alcuéscar. (BOP-2024-1831)
BOP-2024-1831 EXTRACTO. Convocatoria de ayudas económicas para garantizar a los/as ciudadanos/as el derecho al acceso de suministros mínimos vitales para el año 2024.
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miembros de la unidad de convivencia que hayan trabajado en ese periodo.
Copia de la declaración sobre el Impuesto de la Renta de las Personas Físicas o certificado de
imputaciones en caso de no tener obligación de realizarla, del último ejercicio de la persona
solicitante y del resto de personas integrantes de la unidad familiar. En su caso, declaraciones
trimestrales de ingresos (personas autónomas) y/o Declaración de renta, según proceda.
En caso de que figuren períodos de alta como trabajador/a por cuenta propia, se presentará
copia de los modelos 130 o 131, según el sistema de pagos trimestrales mediante estimación
directa o estimación objetiva, al que se hallaren acogidos.
En su caso justificante de gastos de hipoteca o alquiler (contrato y último recibo de pago, recibo
bancario), y/o documento que acredite la ocupación de la vivienda: contrato alquiler,
documento de cesión de vivienda, etc.
Certificado o resolución del grado de discapacidad y dependencia de miembros de la unidad de
convivencia.
Certificado de prestaciones de la Seguridad Social de todos/as los/as miembros de la unidad
de convivencia.
Certificados de prestaciones del SEPE de todos/as los/as miembros de la unidad de
convivencia mayores de 18 años.
Autorización para obtener de oficio los Certificados de estar al corriente con las Obligaciones
Tributarias con la Hacienda Estatal, Autonómica y Local, así como estar al corriente de las
Obligaciones con la Seguridad Social.
Cuando en la solicitud se indique que se está afrontando el pago de un préstamo hipotecario
sobre la vivienda habitual, deberá aportarse fotocopia compulsada de la escritura del préstamo
y de un recibo de pago bancario de alguno de los tres meses inmediatamente anteriores a la
fecha de solicitud. Si no se aportara esta documentación, no se tendrá en cuenta tal
circunstancia a la hora de resolver.
Cuando en la solicitud se indique que algún miembro de la unidad de convivencia tiene
reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 65% o tuviera reconocida la situación
de dependencia, deberá aportarse copia compulsada de la correspondiente resolución de
reconocimiento. Si no se aportara, no se tendrá en cuenta tal circunstancia a la hora de
resolver.
CVE:
BOP-2024-1831
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 10 de abril de 2024
N.º 0069
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