Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2024-1797)
BOP-2024-1797 Convenio de colaboración Excelentísima Diputación de Cáceres y Consorcio Medioambiental de Aguas de la Provincia de Cáceres «MÁSMEDIO» utilización de Bolsas de Empleo.
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CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE CÁCERES Y
EL CONSORCIO PARA LA GESTIÓN DE SERVICIOS MEDIOAMBIENTALES
«MEDIOAMBIENTE Y AGUAS PROVINCIA DE CÁCERES (MÁSMEDIO)» PARA LA
UTILIZACIÓN DE LAS BOLSAS DE EMPLEO TEMPORAL.
REUNIDOS
DE UNA PARTE, EL ILMO SR. DON MIGUEL ÁNGEL MORALES SÁNCHEZ, que actúa en
nombre y representación de la Excma. Diputación Provincial de Cáceres (en adelante, la
Diputación), con domicilio en Plaza de Santa María, s/n, C.P. 10071, de Cáceres, y con CIF n.º
P1000000H, en calidad de PRESIDENTE, cargo para el que fue nombrado por acuerdo de
Pleno de fecha 01 de julio de 2023, en el ejercicio de las competencias que le atribuyen el
artículo 34.1.b) de la Ley 7/1985 del 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local.
DE OTRA PARTE, DOÑA MARÍA ANGÉLICA GARCÍA GÓMEZ, que actúa en nombre y
representación del Consorcio para la Gestión de Servicios Medioambientales «Medioambiente
y Aguas Provincia de Cáceres, (MásMedio)» con CIF n.º P1000044F, en calidad de
VICEPRESIDENTA, en el ejercicio de las competencias que le atribuyen sus estatutos.
Actuando los/as intervinientes en el ejercicio de sus respectivos cargos y en la representación
que ostentan, reconociéndose capacidad y competencia para obligarse en los términos de este
documento, a todo efecto:
EXPONEN
PRIMERO. La provincia como entidad local determinada por la agrupación de municipios, goza
de personalidad jurídica propia y plena capacidad para el cumplimiento de sus fines; por su
parte, el Consorcio MásMedio, en virtud de los Estatutos que lo regulan, es una entidad de
derecho público, con personalidad jurídica propia y diferenciada, patrimonio propio,
administración autónoma y tan amplia capacidad jurídica de derecho público y de derecho
privado como requiera la realización de sus fines, estando adscrito, en función del art. 120 de la
Ley 40/2015, de Régimen Jurídico del Sector Público, a la Excma. Diputación Provincial de
Cáceres.
SEGUNDO. En base a lo preceptuado por el art. 121 de la a Ley 40/2015, de Régimen Jurídico
del Sector Público y art. 7 de los Estatutos reguladores del Consorcio: «Excepcionalmente,
cuando no resulte posible contar con personal procedente de las Administraciones
participantes en el consorcio en atención a la singularidad de las funciones a desempeñar o
cuando, tras un anuncio público de convocatoria para la cobertura de un puesto de trabajo
restringida a las Administraciones consorciadas, no fuera posible cubrir dicho puesto, el
CVE:
BOP-2024-1797
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 9 de abril de 2024
N.º 0068
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