Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2024-1797)
BOP-2024-1797 Convenio de colaboración Excelentísima Diputación de Cáceres y Consorcio Medioambiental de Aguas de la Provincia de Cáceres «MÁSMEDIO» utilización de Bolsas de Empleo.
7 páginas totales
Página
Considerando las resoluciones mencionadas, ambas de fecha 15 de enero de 2024, firmadas
por la Diputación Provincial y por el Consorcio, respectivamente.
Habiéndose reunido con posterioridad a la firma de aprobación del mismo la Comisión de
Bolsas y las centrales sindicales, y habiéndose informado y reflejado en acta la conclusión de
dicha reunión e indicándose la imposibilidad de la reciprocidad en el uso de bolsas de empleo,
por contemplar el Reglamento (únicamente) la posibilidad de gestión a través de las bolsas de
Diputación de los nombramientos para entidades adscritas, se hace necesaria la modificación
de dicho convenio para sólo darse esta utilización en caso de necesidad del Consorcio.
Por lo anterior, la Presidencia de la Diputación Provincial, de conformidad con las facultades
que le atribuye el artículo 34.1 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, y de conformidad con lo
establecido en el artículo 61 del Reglamento de organización y funcionamiento de las
Entidades Locales, aprobado por RD. 2568/1986, de 28 de noviembre, y con la propuesta de la
Dirección de las Áreas de Presidencia, Hacienda y Asistencia a Entidades Locales, R E S U E
L V E:
PRIMERO: Aprobar la modificación del Convenio de Colaboración, anexo, entre la Diputación
de Cáceres y el Consorcio Medioambiental de Aguas de la Provincia de Cáceres «MásMedio»,
para la utilización de las bolsas de empleo en caso de necesidad de este último, con una
vigencia de cuatro años sin perjuicio de las posibles prórrogas que pudieran otorgarse.
SEGUNDO: Encargar la puesta en marcha, tramitación, seguimiento y gestiones oportunas del
Convenio al Área de Personal.
A los efectos de lo dispuesto en el artículo 88.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se hace constar que la
presente Resolución es definitiva en vía administrativa y frente a la misma puede interponerse,
en el plazo de dos meses a partir de su recepción, Recurso Contencioso-Administrativo ante el
Juzgado de dicha Jurisdicción de Cáceres o, con carácter potestativo, Recurso de Reposición
ante la Presidencia, en el plazo de un mes a partir de su notificación; todo ello sin perjuicio de
la interposición de cualquier otro que se estime procedente.
Lo que se hace público para general conocimiento.
CVE:
BOP-2024-1797
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 9 de abril de 2024
N.º 0068
Pág. 7894