Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2024-1797)
BOP-2024-1797 Convenio de colaboración Excelentísima Diputación de Cáceres y Consorcio Medioambiental de Aguas de la Provincia de Cáceres «MÁSMEDIO» utilización de Bolsas de Empleo.
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Ministerio de Hacienda, u órgano competente de la Administración a la que se adscriba el
consorcio (en este caso a la Diputación), podrá autorizar la contratación de personal por parte
del consorcio para el ejercicio de dichas funciones, en los términos previstos en la
correspondiente Ley de Presupuestos Generales del Estado».
TERCERO. En estos términos, corresponde a ambas la selección de los/as funcionarios/as
interinos/as o la realización de contrataciones temporales que respeten los principios de
igualdad, mérito, capacidad y publicidad, a través de la constitución de Bolsas de trabajo,
teniendo ambas entidades, constituidas o en proceso de constituir, bolsas de empleo.
CUARTO. En base a lo expuesto y con la voluntad de ajustar sus relaciones recíprocas a los
deberes de información mutua, colaboración y respeto a los ámbitos competenciales
respectivos, así como a los principios básicos de igualdad, mérito y capacidad y publicidad,
ambas partes acuerdan la suscripción del presente convenio de colaboración con sujeción a las
siguientes:
CLÁUSULAS
PRIMERA. El presente Convenio tiene por objeto la adhesión del Consorcio MásMedio a las
bolsas de empleo de la Diputación Provincial de Cáceres, estén ya constituidas o por constituir,
debido a las necesidades urgentes e inaplazables de personal.
SEGUNDA. Vistas las necesidades del Consorcio MásMedio, puestas de manifiesto a través de
la Presidencia/Vicepresidencia de dicha entidad pública, ambas quedarían obligadas a respetar
el régimen de funcionamiento de las bolsas de empleo, siendo necesario el consentimiento
expreso del/a candidato/a para su cesión, manteniendo sus derechos y número de orden en la
bolsa a la que pertenezca, caso de no aceptar el nombramiento temporal en la entidad
solicitante.
No obstante, la cesión de datos previos al nombramiento exigirá el consentimiento expreso
debidamente firmado por parte de la persona interesada conforme al Anexo incorporado al
presente documento. La comunicación afectará exclusivamente a los datos de aquellas
candidaturas a las que corresponda su nombramiento según el orden de clasificación de la
bolsa establecido, todo ello en cumplimiento de los establecido en la Ley Orgánica 3/2018, de 5
de diciembre, de Protección de datos de carácter personal.
TERCERA. Para que sea válida la adhesión al Convenio de Colaboración es requisito
necesario que ambas Entidades acuerden y formalicen la adhesión a este convenio de forma
expresa.
CVE:
BOP-2024-1797
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 9 de abril de 2024
N.º 0068
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