Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cáceres. (BOP-2024-1738)
BOP-2024-1738 Plan estratégico de subvenciones de la Concejalía de Juventud y Festejos 2024.
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Existe una gran diversidad de subvenciones de distinta naturaleza, que se
conceden mediante procedimientos complejos, y, por lo tanto, deben ser objeto de un
seguimiento y control eficaces.
Se configura así el plan estratégico como el complemento necesario para
articular la concesión de subvenciones, con respeto a los principios de transparencia y
equilibrio presupuestario.
El Plan Estratégico de Subvenciones de la Concejalía de Juventud y Festejos
del Excmo. Ayuntamiento de Cáceres se estructura sobre lo siguiente:
CAPÍTULO I. NATURALEZA JURÍDICA, VIGENCIA, OBJETIVOS, PRINCIPIOS
GENERALES Y LÍNEAS ESTRATÉGICAS DE ACTUACIÓN
ARTÍCULO 1. NATURALEZA JURÍDICA
El Plan Estratégico de Subvenciones es un instrumento de gestión de
carácter programático, que carece de rango normativo y cuya aprobación no genera
derechos ni obligaciones para la Concejalía de Juventud y Festejos del Ayuntamiento
de Cáceres.
Su efectividad queda condicionada a la puesta en práctica de las diferentes
líneas de subvención, atendiendo entre otros condicionantes a las disponibilidades
presupuestarias de cada ejercicio.
Por tanto, el establecimiento efectivo de las subvenciones previstas en este
plan requerirá la inclusión de las consignaciones correspondientes en los
presupuestos municipales y la aprobación de las bases reguladoras de su concesión o
el documento procedente.
ARTÍCULO 2. VIGENCIA
La vigencia del presente Plan Estratégico de Subvenciones se establece para
el ejercicio económico 2024.
En el supuesto de que concluido el ejercicio económico no se hubiese
aprobado aún un nuevo Plan Estratégico de Subvenciones, el presente se entenderá
prorrogado en aquellas líneas de actuación que se vayan a seguir realizando, siempre
que, para ello se cuente con consignación presupuestaria adecuada y suficiente.
ARTÍCULO 3. OBJETIVOS GENERALES
Son objetivos generales del presente Plan Estratégico de la Concejalía de
Juventud y Festejos, los siguientes:
3.1.- Dar cumplimiento al mandato legal recogido en el artículo 8.1 de la Ley
38/2003, de 17 de noviembre, que obliga a las Administraciones públicas que
propongan el establecimiento de subvenciones, a que, con carácter previo, elaboren
un Plan Estratégico de Subvenciones.
3.2.- Establecer y normalizar, para el conjunto de los diferentes programas de
ayuda y subvenciones de la Concejalía de Juventud y Festejos del Ayuntamiento de
Cáceres, un conjunto de principios y bases de ejecución comunes a los mismos.
CVE:
BOP-2024-1738
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 5 de abril de 2024
N.º 0066
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