Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cáceres. (BOP-2024-1738)
BOP-2024-1738 Plan estratégico de subvenciones de la Concejalía de Juventud y Festejos 2024.
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PLAN ESTRATÉGICO DE SUBVENCIONES DE LA
CONCEJALÍA DE JUVENTUD Y FESTEJOS.
ANUALIDAD 2024.
PREÁMBULO
Según la Exposición de Motivos de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre,
General de Subvenciones, una parte importante de la actividad financiera del sector
público se canaliza a través de subvenciones, con el objeto de dar respuesta, con
medidas de apoyo financiero, a demandas sociales y económicas de personas y
entidades públicas o privadas.
Desde la perspectiva económica, las subvenciones son una modalidad
importante de gasto público y, por tanto, deben ajustarse a las directrices de la política
presupuestaria, actualmente orientada por los criterios de estabilidad presupuestaria y
crecimiento económico.
Desde esta perspectiva la Ley General de Subvenciones supone un paso más
en el proceso de racionalización de nuestro sistema económico incardinándose en el
conjunto de medidas y reformas que se han venido instrumentando con esta finalidad.
Uno de los principios que rigen esta ley, recogido también en la normativa de
estabilidad presupuestaria, es el de transparencia. Con este objeto las
Administraciones deberán hacer públicas las subvenciones que concedan, y, a la vez,
la ley establece la obligación de formar una base de datos de ámbito nacional que
contenga información relevante sobre todas las subvenciones concedidas.
Esta mayor transparencia redunda de forma directa en un incremento de los
niveles de eficiencia y eficacia en la gestión del gasto público subvencional.
En esta línea de mejora de la eficacia, la Ley 38/2003 establece, como
elemento de gestión e instrumento de dicha mejora, la necesidad de elaborar en cada
Administración Pública un plan estratégico de subvenciones que permita relacionar los
objetivos a alcanzar y los efectos que se pretenden conseguir, con los costes previstos
y su financiación, con objeto de adecuar las necesidades públicas a cubrir mediante
las subvenciones, con los recursos disponibles, y todo ello con carácter previo a la
concesión.
Además, la ley plantea un sistema de seguimiento a través del control y
evaluación de objetivos, que debe permitir que aquellas líneas de subvenciones que
no alcancen el nivel de consecución de objetivos deseado o que resulte adecuado al
nivel de recursos invertidos, puedan ser modificadas o sustituidas por otras más
eficaces y eficientes, o, en su caso, eliminadas.
Desde la perspectiva administrativa, las subvenciones son una técnica de
fomento de determinados comportamientos considerados de interés general e incluso
un procedimiento de colaboración entre la Administración pública y los particulares
para la gestión de actividades de interés público.
CVE:
BOP-2024-1738
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 5 de abril de 2024
N.º 0066
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