Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Talayuela. (BOP-2024-1656)
BOP-2024-1656 Aprobación definitiva Ordenanza Municipal reguladora de la Escuela Municipal de Música.
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ARTÍCULO 6. Devengo.
La tasa se devengará y la obligación nacerá al solicitar el servicio que constituye el hecho
imponible, entendiéndose este cuando se realice la matrícula.
Con respecto a las mensualidades se devenga la tasa y nace la obligación al inicio de la
realización de las actividades, mes a mes, según la presente Ordenanza.
El período impositivo se ajustará al curso académico, prorrateándose la cuota mensualmente,
según lo establecido en esta Ordenanza.
ARTICULO 7. Régimen de pagos.
Los/as interesados/as deberán domiciliar en una entidad bancaria los recibos. Las cuotas se
cargarán en su cuenta en los (5) cinco primeros días del mes en curso.
En caso de devolución del recibo por causa imputable al/a usuario/a, este deberá reintegrar los
costes de gestión que la devolución ocasione, así como el importe de las comisiones bancarias
cargadas por las devoluciones realizadas.
Las citadas comisiones y gastos, se reflejarán en el nuevo cargo que se emita con motivo de la
generación de una nueva remesa.
Para el cobro de los recibos se encuentre en vía ejecutiva, será requisito indispensable, para la
nueva domiciliación bancaria de los recibos por parte del/a deudor/a, el previo reintegro del
importe de las comisiones cargadas.
ARTÍCULO 8. Normas de Gestión.
El/a alumno/a que desee causar baja a lo largo del curso, está obligado/a a solicitar la misma a
la Administración entre los días 1 y 5 de cada mes. En caso contrario, la baja será efectiva en
el mes siguiente a la solicitud.
Se podrá dar de baja de oficio al/a alumno/a que no realice el pago mensual que corresponde
durante el plazo establecido y no regularice la situación durante el mes impagado. La baja será
efectiva al mes siguiente a aquel que resulte impagado.
La falta del pago debido determinará el cese en la prestación del servicio.
Otros (Auditorio, partituras). 0 €
CVE:
BOP-2024-1656
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 1 de abril de 2024
N.º 0062
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