Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Malpartida de Cáceres. (BOP-2024-1646)
BOP-2024-1646 Aprobación definitiva de la Ordenanza Municipal de protección de derechos, bienestar, tenencia y circulación de animales.
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d) El ánimo de lucro ilícito y la cuantía del beneficio obtenido o previsto con la comisión
de la infracción.
e) La continuidad o persistencia en la conducta infractora.
f) La negativa u obstrucción al acceso a las instalaciones o facilitar la información
requerida por la Inspección.
g) El cese de la actividad infractora previamente o durante la tramitación del expediente
sancionador.
h) La violencia ejercida contra animales en presencia de personas menores de edad o
vulnerables, así como de personas con discapacidad psíquica, o su difusión a través de
cualquier medio de comunicación social.
Artículo 67. Responsabilidad civil.
1. La imposición de cualquier sanción prevista en la ley 7/2023, de 28 de marzo, de protección
de los derechos y el bienestar de los animales o en la presente Ordenanza no excluye la
responsabilidad civil de la persona o entidad sancionada.
2. La responsabilidad civil derivada de una infracción será siempre solidaria entre todos/as
los/as causantes del daño.
Artículo 68. Procedimiento.
1. El procedimiento sancionador se ajustará, con carácter general, a los principios de la
potestad sancionadora establecidos en la normativa reguladora de procedimiento
administrativo común de las Administraciones Públicas.
2. Ostentarán la condición de parte interesada las asociaciones y entidades de protección
animal que hubieran interpuesto la denuncia origen del procedimiento sancionador, o aquellas
en cuyos fines estatutarios se recoja como finalidad principal la protección animal y se hayan
personado como parte interesada en el procedimiento.
3. Iniciado el procedimiento sancionador, la autoridad administrativa instructora podrá adoptar,
previa motivación, las siguientes medidas provisionales en los casos de presunta comisión de
infracciones graves o muy graves:
a) La retirada preventiva de los animales y la custodia de estos en Centro Municipal de
Protección y Control Animal.
CVE:
BOP-2024-1646
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 1 de abril de 2024
N.º 0062
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