Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Malpartida de Cáceres. (BOP-2024-1646)
BOP-2024-1646 Aprobación definitiva de la Ordenanza Municipal de protección de derechos, bienestar, tenencia y circulación de animales.
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protección animal.
CAPÍTULO IV. Fomento de la convivencia responsable con animales.
Artículo 18. Fomento de la convivencia responsable con animales.
1. El Ayuntamiento fomentará la convivencia responsable con animales, mediante la realización
de campañas dirigidas a promocionar la protección y defensa de los animales, la adopción de
animales de compañía, el conocimiento del comportamiento animal y el perjuicio social
relacionado con el maltrato animal, resaltando los beneficios que, para el desarrollo de la
personalidad, conlleva la convivencia con animales.
2. A tal efecto, el Ayuntamiento podrá suscribir convenios o acuerdos organizaciones
profesionales veterinarias y con las entidades colaboradoras en tenencia responsable que
reúnan los siguientes requisitos:
a) Que fomenten la tenencia responsable, la integración de los animales en la sociedad
y la prevención del abandono.
b) En el ámbito de la actividad de la cría, se comprometan con la cría moderada,
responsable y que proteja la salud física y comportamental de los animales de
compañía.
3. Las entidades colaboradoras previstas en el apartado anterior podrán participar en el
desarrollo de campañas de protección y defensa de los animales, en particular aquellas
dirigidas a evitar la proliferación incontrolada de los animales, así como su abandono.
4. Asimismo, el Ayuntamiento realizará actividades de concienciación destinadas a las
personas propietarias o responsables de animales de compañía con el fin de obtener una
óptima inserción y convivencia de los animales en la sociedad.
5. El Ayuntamiento propiciará que los centros educativos de la localidad promuevan la
formación en valores que propicien el respeto hacia la condición de sintientes de los animales y
sus derechos, mediante la inclusión de saberes relativos a la protección animal en sus
currículos educativos y en las acciones de formación profesional aplicables en su ámbito de
gestión.
CVE:
BOP-2024-1646
Verificable
en:
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Lunes, 1 de abril de 2024
N.º 0062
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